BOLETIN OFICIAL Nº 88 – 29/07/2026
DECRETO Nº 5597-JG/2026.-
EXPTE. Nº 200-171/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 06 JUL. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1º.- Modificar la planta de personal y estructura orgánica-funcional de la Jurisdicción “A” – Gobernación, prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:
A) TRANSFERIR DE LA:
1) JURISDICCIÓN: A-GOBERNACIÓN
U DE O.: A-22-AGENCIA PROVINCIAL DEL CORREDOR BIOCEANICO DE CAPRICORNIO
CARGON° DE CARGOS
Coordinador Institucional-DP1
SUBTOTAL1
TOTAL1
A LA
JURISDICCIÓN: A-GOBERNACIÓN
U DE O.: A19-AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY
CARGON° DE CARGOS
Coordinador Institucional-DP1
TOTAL1
ARTÍCULO 2º.- Modificar la planta de personal y estructura orgánico funcional de la Jurisdicción “A” – Gobernación, U. DE O. A19 AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY prevista en el Presupuesto General de Gastos y Cálculo de Recursos vigente, conforme se indica seguidamente:
A) SUPRIMIR DE LA:
JURISDICCIÓN: A-GOBERNACIÓN
U. DE O.: A19-AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY
CARGON° DE CARGOS
Coordinador Institucional-DP1
Director de Promoción y Divulgación
Científica-Tecnológica1
TOTAL2
PARA CREAR EN LA:
JURISDICCIÓN: A-GOBERNACIÓN
U. DE O.: A19-AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY
CARGON° DE CARGOS
Director Provincial de Promoción
y Divulgación Científica-Tecnológica1
TOTAL1
ARTÍCULO 3º.- Crear el cargo de DIRECTOR PROVINCIAL DE PROMOCIÓN Y DIVULGACIÓN CIENTÍFICA-TECNOLÓGICA en la U. DE O.: A19 AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY de la Jurisdicción “A” GOBERNACIÓN; cuyas misiones y funciones serán asignadas por norma reglamentaria interna.-
ARTÍCULO 4º.- Dejar establecido que la estructura orgánica-funcional de la JURISDICCIÓN A-GOBERNACIÓN: U. DE O: A1 GOBERNACIÓN Y U. DE O.: A19 AGENCIA DE CIENCIA, TECNOLOGÍA E INNOVACIÓN DE LA PROVINCIA DE JUJUY, quedará conformada según el ANEXO I que forma parte integrante del presente, manteniendo la vigencia de las unidades de organización dependientes de dicha jurisdicción, según lo previsto en el Decreto N° 17-JG-23 y sus modificatorios.-
ARTICULO 5º.- Autorizar al Ministerio de Hacienda y Finanzas a realizar las modificaciones presupuestarias y transferencias de créditos que resulten necesarias para la implementación de lo establecido en el presente decreto, que de resultar insuficientes se tomarán fondos de la partida 1-1-1-1-1-20: p/Refuerzo de Partidas de Personal y Reestructuraciones previstas en la Jurisdicción “K”-Obligaciones a cargo del Tesoro prevista en el Presupuesto vigente.-
ARTICULO 6º.- El presente Decreto será refrendado por los señores Ministros Jefe de Gabinete y de Hacienda y Finanzas.-
ARTÍCULO 7º.- Las disposiciones del presente ordenamiento rigen a partir del 1 de junio de 2026.-
ARTICULO 8º.- Regístrese, tome razón Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial, siga a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Pase a la Dirección Provincial de Presupuesto, Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Personal, Agencia de Ciencia, Tecnología e Innovación de la Provincia de Jujuy y Gobernación para conocimiento Cumplido, vuelva a Jefatura de Gabinete de Ministros a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








