BOLETIN OFICIAL Nº 87 – 27/07/2026
ACTA Nº 5.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy, a los … días del mes de mayo de 2026, siendo las 10:00 horas, se reúne en la sede social, en calle El Carnaval N° 97 de esta ciudad, los señores LUIS FERNANDO GARCIA, SONIA RAQUEL ABRAHAM AGUIAR, SOFIA ELIANA GARCIA Y LUIS EDGARDO GARCIA , titulares del 100% de las acciones de “BEEKEPER S.A.S.”, para tratar el siguiente orden del día: 1) Modificación del objeto social. Acto seguido, el seor LUIS FERNANDO GARCIA plantea al resto de los socios la necesidad de ampliar el objeto social de la sociedad, lo cual tras un breve intercambio de opiniones es aceptado por el resto de los socios, votándose por unanimidad la modificación de la cláusula tercera del Contrato Constitutivo de fecha 05 de septiembre de 2023 la cual quedará redactada de la siguiente manera: “TERCERA.- OBJETO: La Sociedad tendrá por objeto social dedicarse, por cuenta propia o de terceros, o asociada a terceros, dentro o fuera del país, a las siguientes actividades: A) Explotación de la apicultura a través de la cría y reproducción de abejas para la extracción y comercialización de productos de la colmena como miel, polen, propóleos, jalea real, apitoxina, núcleos de abejas y demás productos derivados que se obtienen a partir de la trasformación de mismos; la sociedad también podrá dedicarse a la fabricación, producción e importación de materiales, equipos, insumos y herramientas de producción apícola para su comercialización; brindará el servicio de asistencia técnica relacionada con la apicultura, instalación de unidades productivas apícolas, capacitación en manejo apícola, extracción y trasformación de los productos derivados de la colmena y cualquier otra actividad relacionada; B) Compraventa, permuta, alquiler, arrendamiento de propiedades inmuebles, inclusive las comprendidas bajo el régimen de propiedad horizontal; explotación integral de establecimientos de alquiler temporario de inmuebles que tengan por finalidad el alojamiento de personas en habitaciones o departamentos amoblados, con sus servicios anexos; C) Compraventa, importación, exportación, representación, consignación y distribución de productos textiles, ropas, prendas de vestir, de indumentaria y de accesorios, fibras, tejidos, hilados y las materias primas que los componen; D) Compraventa, importación, exportación, representación, distribución, consignación, fabricación, armado y comercialización mayorista y minorista de bicicletas nuevas o usadas, de toda clase, como así también, repuestos, componentes, indumentaria deportiva, accesorios, herramientas, equipamiento técnico y todo otro producto relacionado con el ciclismo y actividades deportivas afines. Mantenimiento, reparación, restauración, ajuste, personalización y asistencia técnica de bicicletas y otros vehículos de movilidad personal, incluyendo suspensión, transmisión, frenos, ruedas y sistemas eléctricos, así como servicios de lavado, guarda y asistencia mecánica en eventos deportivos. reparación y realización de servicios de mantenimientos de bicicletas; E) Organización, producción, promoción, coordinación y explotación comercial de competencias deportivas, carreras, torneos, encuentros recreativos, travesías, entrenamientos, clínicas, capacitaciones, cursos, talleres, congresos, exposiciones y toda clase de eventos vinculados al deporte, el ciclismo, el turismo aventura y actividades recreativas, pudiendo contratar servicios, auspicios, publicidad y derechos comerciales relacionados. F) Creación, administración, explotación y mantenimiento de circuitos, pistas, bike parks, espacios recreativos y deportivos para ciclismo y otras actividades al aire libre, incluyendo alquiler de bicicletas y equipamiento, escuelas deportivas, servicios para deportistas, actividades guiadas y toda otra actividad complementaria relacionada con el esparcimiento y deporte. G) Cafeterías, bares, confiterías, restaurantes, snack bar y servicios gastronómicos en general, incluyendo la elaboración, compra, venta y expendio de bebidas con y sin alcohol, comidas rápidas, productos regionales, alimentos saludables y servicios de catering vinculados o no a eventos deportivos. Para el cumplimiento de las actividades previstas en esta cláusula, la sociedad podrá celebrar todo tipo de contratos, comprar, vender, ceder, locar, permutar, importar o exportar todo tipo de bienes, insumos o servicios, relacionados al objeto.” Finalmente se resuelve autorizar al Dr. ADRIANO MORONE, abogado, M.P. N° 3468 a realizar todos los trámites necesarios para la inscripción de estas modificaciones al contrato social en el Registro Público. Sin más asuntos que tratar, se da por finalizada la reunión siendo las 20.30 horas.- ESC. ZAIDA ALEJANDRA ABRAHAM- ADS. REG. Nº 69- S. S. DE JUJUY.-
GOBIERNO DE LA PROVINCIA DE JUJUY
FISCALIA DE ESTADO
DIRECCION PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES
RESOLUCION N° 507-DPSC-2026.-
CORRESPONDE A EXPTE. N° 0301-298/2026.-
San Salvador de Jujuy, 01 de Julio de 2026.-
VISTO:
Las actuaciones de referencia en las que, el Dr. Adriano Morone, en el carácter de autorizado por la Sociedad, solicita la Inscripción de la Modificación del Objeto Social de la Sociedad denominada “BEEKEEPER S.A.S”
CONSIDERANDO
Que, para la etapa procesal administrativa pertinente, y de acuerdo al dictamen emitido por la Asesoria Legal de esta Dirección Provincial de Sociedades Comerciales, se encuentran cumplimentados los requisitos legales y fiscales exigidos para la publicación de Edictos respectivos. –
Por ello:
EL DIRECTOR DE SOCIEDADES COMERCIALES DEL REGISTRO PUBLICO
RESUELVE:
ARTICULO 1º: ORDENAR la publicación de edictos en el Boletín Oficial por un día del Acta de Reunión de Socios N° 5 de la Sociedad “BEEKEEPER S.A.S” formalizada en fecha 2 de junio de 2026 obrante a fs. 02/07 certificada por la Escribana Pública Nacional Zaida Alejandra Abraham Adscripta al Registro Notarial n°69 de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
ARTICULO 2º: Agregar copias en autos, notificar a las partes y registrar. –
DR. LUIS RAUL PANTOJA
DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO
- 27 JUL. LIQ. Nº 44540 $3.600,00.-








