BOLETIN OFICIAL Nº 85- 22/07/2026
DECRETO Nº 5249-DH/2026.-
EXPTE. Nº 765-245/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 04 MAY. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTÍCULO 1°. – Acéptense, a partir del 14 de enero de 2026, las renuncias presentadas por los siguientes funcionarios dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, en los cargos que en cada caso se indican:
- a) Licenciada MARIELA ALEJANDRA SALTO, D.N.I. N° 26.515.519, como Coordinadora de Políticas de Juventud de la Dirección de Juventud.
- b) Señora ANABEL JUDITH GALIAN, D.N.I. N° 23.910.364, como Coordinadora de Gestión y Articulación.
ARTÍCULO 2º.-Designense, a partir del 15 de enero de 2026, a los funcionarios dependientes del Ministerio de Desarrollo Humano, que seguidamente se nominan en Sos cargos que en cada caso se indican:
- Licenciada MARIELA ALEJANDRA SALTO, D.N.I. N° 26.515.519, Directora Interministerial.-
- Señora ANABEL JUDITH GALIAN, D.N.I. N 23.910,364, Coordinadora de Recursos Humanos de la Sub Secretaria de Desarrollo Humano y Gestión Administrativa, con una remuneración equivalente a la de Sub-Director del Poder Ejecutivo Provincial –
ARTICULO 3º.- Ratifíquese, a partir del 15 de enero de 2026, a la señora MARIA EUGENIA ARROYO, D.N.I. Nº 28.036.357, en el cargo de Coordinadora de Calidad de Vida de la Dirección Provincial de Inclusión de Personas con Discapacidad de la Secretaría de Desarrollo Integral con una remuneración equivalente a la de Sub-Director del Poder Ejecutivo Provincial.-
ARTÍCULO 4º.- Ratifiquese, a partir del 15 de enero de 2026, a la Abogada MARIA JOSE CHARA, D.N.I. N° 27.457.319, Coordinadora de Gestión Administrativa de la Dirección Provincial de Dispositivos de Cuidado dependiente de la Secretaria de Niñez, Adolescencia y Familia, con una remuneración equivalente a la de Director Provincial del Poder Ejecutivo, manteniéndose la misiones y funciones establecidas en el Decreto N°2607-DH/2024.-
ARTÍCULO 5º.- Otórguese Licencia Sin Goce de Haberes, al personal que seguidamente se nominan en los cargos de Planta Permanente, Agrupamiento Unidades de Organización que en cada caso se indica, mientras se desempeñen en lo cargos individualizados en los Artículos 2º y 3º del presente Decreto:
NOMBRE CATEGORÍA ESCALAFON U.D.O.
Mariela Alejandra Salto A-1 Profesional F4 Ministerio Educación
María Eugenia Arroyo 03 General B13 Deporte Secretaría de deporte
ARTÍCULO 6°.-El presente Decreto será refrendado por los Ministros de Desarrollo Humano y Trabajo.-
ARTICULO 7°.- Previa toma de razón por Fiscalía de Estado, comuníquese, publíquese sintéticamente en el Boletín Oficial. Pase a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para su difusión. Siga sucesivamente a Contaduría de la Provincia, Dirección Provincial de Presupuesto, Dirección Provincial de Personal, Jefatura de Gabinete de Ministros y Oficina Anticorrupción, para su conocimiento. Cumplido, vuelva al Ministerio de Desarrollo Humano, a sus efectos.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








