BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 17/07/2026
El Dr. Pablo Gabriel Read, Juez Administrativo de Minas, en el Expte. Nº 3349 M-2024 ha dispuesto la publicación de Resolución Nº 51-J-2026 de fecha 29 de junio del año 2026 y Resolución Rectificadora Nº 55-J-2026, Conceder a favor de PIRCA AMARILLA S.A., CUIT Nº 30-71885092-0, de la MINA denominada “PIRCA AMARILLA 8”, para explotación de mineral de PRIMERA y SEGUNDA categoría DISEMINADO DE TIERRAS RARAS, ORO, PLATA y COBRE, ubicada en el Departamento Cochinoca de esta Provincia, sobre una superficie de MIL TRESCIENTAS SETENTA Y CINCO HECTÁREAS CON TREINTA Y DOS ÁREAS (1375,32 ha), sobre terrenos de Andrea Morales, Gloria Felipa Morales, Normando Silvano Lamas, Felipe Lamas, Marciano Barconte, Emilio Alancay, Norma Barconte, Carlos Barconte, Valentina Barconte, Laura Barconte, Eusebio Barconte, Fortunato Barconte, Paulina Alancay, Hector Segundo Alancay, Mauricia Emerita Morales, Fortunato Rufino Morales, Isidra Morales, Dedicaciona Morales, Benito Ricardo Morales, Paulino Morales, Abundia Morales, Jesús Morales, Lisandro Justo Alancay (informe de la Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 41/51), sin datos geográficos de comunidades aborígenes en esa zona (informes de la Secretaría de Pueblos Indígenas, fs. 33/36), dentro de los límites de la jurisdicción de la Comuna de Abdon Castro Tolay Depto. Cochinoca, afectando fracciones de parcelas individuales de los Sres. Morales Dedicación Lote N° 639, Alancay Lisandro Justo Lote N° 657, Lamas Eulalio y Alancay Paulina Lote N° 656 (condominio) Expte N° BL-556-0072/95 CAB Plano Aprobado N° 950122 por la Dirección Provincial de Inmuebles (informe de la Coordinación General de Ordenamiento Territorial y Tierras Fiscales Rurales, fs. 37/40 y fs. 52/54) (Art. 3, 4, 45, 46, 50, 76 3° párrafo concs. del CM y Art. 54, 55, y 57 del CPM). Conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 13 con las siguientes coordenadas: P1X 7413340.61 P1Y 3490719.18; P2X 7411260 P2Y 3490719.18; P3X 7411260 P3Y 3484109; P4X 7413340.61 P4Y 3484109, encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el Dec. 7751-DEyP/23 reglamentario de la Ley 5063 General del Medio Ambiente Resolución SMeH Nº 028/2026 del 20/02/2026- aprobatoria de Informe de Impacto Ambiental – a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de SESENTA DÍAS (60) días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo (Art. 66 del CM y 57 CPM).- Publíquese por tres (3) veces en quince (15) días, en el Boletín Oficial y un Diario Local (Art. 53 CM).-








