BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 17/07/2026

El Dr. Pablo Gabriel Read, Juez Administrativo de Minas, en el Expte. Nº 3348 M-2024 ha dispuesto la publicación de Resolución Nº 50-J-2026 de fecha 29 de junio del año 2026 y Resolución Rectificatoria Nº 55-J-2026, Conceder  a favor de PIRCA AMARILLA S.A., CUIT Nº 30-71885092-0, de la MINA denominada “PIRCA AMARILLA 7”, para explotación de mineral de PRIMERA y SEGUNDA categoría DISEMINADO DE TIERRAS RARAS, ORO, PLATA y COBRE, ubicada en el Departamento Cochinoca de esta Provincia, sobre una superficie de MIL TRESCIENTAS SETENTA Y CINCO HECTÁREAS CON TREINTA Y DOS ÁREAS (1375,32 ha), sobre terrenos de Dedicaciona Morales, Benito Ricardo Morales, Paulino Morales, Abundia Morales, Jesus Morales, Regina Quipildor, Joaquin Gutierrez, Bernardina Gutierrez, Pedro Gualberto Gutierrez, Juana Gutierrez, Damian Vicente Gutierrez, Jose Maria Gutierrez, Maria Gutierrez, Elizabet de los Angeles Lamas, Ignacia Chocobar, Isidra Morales, Lisandro Justo Alancay, Irma Alejo (informe de la Dirección Provincial de Inmuebles, fs. 39/47), sin datos geográficos de comunidades aborígenes en esa zona (informes de la Secretaría de Pueblos Indígenas, fs. 33/36), dentro de los límites de la jurisdicción de la Comuna de Abdon Castro Tolay Depto. Cochinoca, afectando fracciones de parcelas individuales de los Sres. Morales Dedicacion Lote N° 639, Gutierrez Joaquin y Quipildor Regina Lote N° 640 (condominio), Chocobar Ignacia Lote N° 641, Alejo Gregoria Lote N° 642 Expte N° BL-556-0072/95 CAB, Plano Aprobado N° 950122 por la Dirección Provincial de Inmuebles (informe de la Coordinación General de Ordenamiento Territorial y Tierras Fiscales Rurales, fs. 37, 48/50) (Art. 3, 4, 45, 46, 50, 76 3° párrafo concs. del CM y Art. 54, 55, y 57 del CPM). Conforme ubicación dada por Registro Gráfico a fs. 13 con las siguientes coordenadas: P1X 7415421.22 P1Y 3490719.18; P2X 7413340.61 P2Y 3490719.18; P3X 7413340.61 P3Y 3484109; P4X 7415421.22 P4Y 3484109, encontrándose acreditados los extremos de ley y cumplimentado el Dec.7751-DEyP/23 reglamentario de la Ley 5063 General del Medio Ambiente –Resolución SMeH  Nº 028/2026  del 20/02/2026- aprobatoria de Informe de Impacto Ambiental – a fin que toda persona que se considere con interés, deduzca sus pretensiones en el plazo de SESENTA DÍAS (60) días contados desde la última publicación y bajo apercibimiento de no ser oídos vencido dicho plazo (Art. 66 del CM y 57 CPM).- Publíquese por tres (3) veces en quince (15) días, en el Boletín Oficial y un Diario Local (Art. 53 CM).-