BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 17/07/2026

ACTA CONSTITUTIVA DE SOCIEDADES POR ACCIONES SIMPLIFICADA (S.A.S).- I.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy a los 24 días del mes de Julio del año 2024, se presenta el señor RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN, 40 años de edad, Documento Nacional de Identidad 30.726.931, CUIT 20-30.726.931-8, argentino, soltero, mayor de edad, con domicilio real y legal en calle Jorge nebwery 328, de esta ciudad, y la señora CUSSEL MARIA CRISTINA, 37 años de edad, Documento Nacional de Identidad 32.876.891, CUIT 23-32.876.891-9, argentina, soltera, mayor de edad, con domicilio real y legal en calle Leopoldo Aban 49, de esta ciudad, quienes actúan por sí han resuelto constituir en este acto la Sociedad de Acciones Simplificada – SAS, conforme a las disposiciones de la Ley 27.349 y resoluciones complementarias, con sujeción a las siguientes clausulas: II.ESTATUTO DENOMINACION. DOMICILIO. PLAZO Y OBJETO Artículo 1: La sociedad se denomina “ALQUIMIA S.A.S” y tiene su domicilio legal en la ciudad de San Salvador de Jujuy, Departamento Dr. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy. Artículo 2: Su duración es de 99 años, contados desde la fecha de inscripción en el Registro Público. Artículo 3: La Sociedad tendrá por objeto realizar por cuenta propia y/o asociada a terceros, sean tanto personas físicas como jurídicas las siguientes actividades: A) Prestar Servicios de Crédito NCP fuera del sistema Bancario, Otorgando préstamos con capitales propios, sin recibir depósitos de terceros y cuyo destino es financiar el consumo, la vivienda u otros bienes. Realizar todo tipo de Servicios financieros con excepción los de la banca central y las entidades financieras. La Sociedad también podrá adquirir créditos y descuentos de documentos comerciales, mediante la compra, venta y negociación de títulos, acciones, bonos, debentures, obligaciones negociables, y toda clase de valores mobiliarios y papeles de crédito de cualquiera de los sistemas participación modalidades creadas en a crearse. Tomar cualquier negocio o empresa, efectuar aportes de capital en sociedades por acciones constituidas o a constituirse, contraer préstamos con entidades financieras, bancarias oficiales, privadas, mixtas, del país o del extranjero. B) Operaciones inmobiliarias de adquisición, compraventa, permuta, explotación, arrendamiento, comisión, locación, leasing, loteo, urbanización, y administración de toda clase de bienes inmuebles urbanos y rurales Y todo tipo de comercialización de operaciones inmobiliarias propias y de terceros comprendidas en las leyes y reglamentaciones sobre propiedad horizontal, incluso las sometidas al régimen de pre horizontalidad, como también toda clase de operaciones inmobiliarias incluyendo el fraccionamiento y posterior loteo de parcelas destinadas a viviendas, urbanización, clubes de campo, explotaciones agrícolas industriales.- ganaderas y parques industriales Para la ejecución de las actividades enumeradas en su objeto, la sociedad puede realizar inversiones y aportes de capitales a personas físicas y/o jurídicos, argentinas o extranjeras, actuar como fiduciario y celebrar contratos de colaboración, comprar, vender y/o permutar toda clase de títulos y valores, tomar y otorgar y realizar toda clase de operaciones financieras, en moneda nacional y extranjera, I actividades a realizar con capitales propios y no de terceros. Quedan excluidas las actividades reguladas por las entidades financieras y toda otra que requiera el concurso y/o ahorro público. La sociedad podrá realizar cualquier otra actividad legalmente permitida que esté directa o indirectamente relacionada con el objeto social descrito en este artículo. Se podrán llevar a cabo operaciones conexas y complementarias, así como realizar modificaciones al objeto social de conformidad con la ley y en línea con los intereses de la sociedad. A tal fin la sociedad tiene plena capacidad jurídica para adquirir derechos, contraer obligaciones y ejercer los actos que no sean prohibidos por las leyes o por este estatuto. CAPITAL Artículo 4: El capital social es de $2.000.000 pesos, representado por cien (200) acciones de diez mil (10.000) pesos, valor nominal cada una. El capital puede ser aumentado por decisión de los socios conforme artículo 44 Ley 27.349. Artículo 5: Las acciones son nominativas no endosables, ordinarias o preferidas. Estas últimas tienen derecho a un dividendo fijo preferente de carácter acumulativo o no, conforme a las condiciones de su emisión. Puede también fijársele una participación adicional en las ganancias líquidas y realizadas y reconocérsele prioridad en el reembolso del capital, en caso de liquidación. Cada acción ordinaria suscripta confiere derecho de un (1) voto. Las acciones preferidas pueden emitirse con o sin derecho a voto. Artículo 6: La transferencia de las acciones es libre, debiendo comunicarse la misma a la sociedad. Artículo 7: Las acciones y los certificados provisionales que se emitan contendrán las menciones del artículo 211 de la ley 19550. Se pueden emitir títulos representativos de más de una acción.- Artículo 8: En caso de mora en la integración del capital el directorio queda facultado para seguir cualquiera de los procedimientos previstos por el Art. 193 de la ley 19550.- ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN.- Artículo 9: La administración estará a cargo de: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN, D.N.I. N° 30.726.931 en el carácter de administrador/a titular. En el desempeño de sus funciones y actuando en forma individual, teniendo todas las facultades para realizar los actos y contratos tendientes al cumplimiento del objeto social y durara en su cargo mientras no cometa actos que sean pasibles de remoción por justa causa. En este mismo acto se designa a CUSSEL MARIA CRISTINA D.N.I. N° 32.876.891 en el carácter de administrador/a suplente con el fin de llenar la vacante que pudiera producirse.- Las personas mencionadas, presentes en este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley. Artículo 10: Las personas mencionadas, presentes en este acto, aceptan en forma expresa la designación propuesta, respectivamente, bajo responsabilidad de ley, se notifican del tiempo de duración de los mismos y manifiestan, con carácter de declaración jurada, que no les comprenden las prohibiciones e incompatibilidades de ley. ORGANO DE GOBIERNO Artículo 11: Todas las resoluciones sociales de la sociedad se asentarán en un libro de Actas que se llevará a tales efectos y las disposiciones se tomarán en un todo de acuerdo a lo prescripto por el art. 53 de la Ley 27.349 y concordantes de la Ley 19.550. De las deliberaciones del órgano de gobierno deberán labrarse Ley 19.550. De s actas, las que resumirán las manifestaciones efectuadas, el sentido de las votaciones y su resultado, con expresión completa de las decisiones adoptadas. El quórum para cualquier reunión se forma con la presencia de los/las accionistas que representen más de la mitad del capital social. Las decisiones sociales que tiendan a introducir modificaciones en el contrato social deben ser tomadas por decisiones de más de la mitad del capital social. Las resoluciones sociales que no conciernen a la modificación del contrato, la designación o revocación de administradores o representantes se adoptarán por mayoría del capital presente en la reunión FISCALIZACION Artículo 12: La sociedad prescinde de órgano de fiscalización, adquiriendo los accionistas las facultades de contralor conforme al Art. 55 Ley 19550.- EJERCICIO SOCIAL Artículo 13: El ejercicio social cierra el 31 de julio de cada año. A esa fecha se confeccionan los estados contables conforme a las disposiciones en vigencia y normas técnicas de la materia. El órgano de administración deberá poner los estados contables a disposición de los socios, con no menos de quince (15) días de anticipación a la reunión convocada para su tratamiento. Artículo 14: Las ganancias realizadas y líquidas se destinan: a) Cinco por ciento hasta alcanzar el 20% del capital suscripto para el fondo de reserva legal. b) A remuneración del de los Administradores c) El saldo, en todo o en parte, a participación adicional de las acciones preferidas o a fondos de reserva facultativos o de previsión o al destino que determinen los socios. Los dividendos deben ser pagados en proporción a las respectivas integraciones, dentro del año de su sanción. DISOLUCIÓN Y LIQUIDACIÓN Artículo 15: La sociedad se disuelve por cualquiera de los supuestos previstos en los artículos 55 y 56 de la ley 27349. La liquidación de la misma será practicada por el órgano de administración. Cancelado el pasivo y reembolsado el capital, el remanente se repartirá entre los socios con las preferencias indicadas en el artículo anterior. III.- El capital se suscribe e integra de acuerdo con el siguiente cuadro:

Accionista: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN.- Acciones Suscriptas: 100.- Clases de Acciones: Ordinarias Nominativas no endosables Valor nominal $ 10.000 de 1 voto por acción.- Monto de Integración: $ 250.000.- Naturaleza del Aporte: efectivo.- Modalidad: Saldo en efectivo: $750.000 dentro de los 2 años.- Accionista: CUSSEL MARIA CRISTINA.- Acciones Suscriptas: 100.- Clases de Acciones: Ordinarias Nominativas no endosables Valor nominal $ 10.000 de 1 voto por acción.- Monto de Integración: $ 250.000.- Naturaleza del Aporte: efectivo.- Modalidad: Saldo en efectivo: $750.000 dentro de los 2 años.- TOTALES $ 500.000 $ 1.500.000 IV.- Se designa para integrar el Órgano de Administración: Titulares: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN 30.726.931 Suplente: CUSSEL MARIA CRISTINA 32.876.891 Quienes presentes en este acto aceptan los cargos, y constituyen domicilio especial como se detalla precedentemente.- V.- Se fija la sede social en calle San Martin n° 60, de la ciudad de Perico Provincia de Jujuy.- VI.- Se autoriza a SANTIAGO BESIN CALDERARI, DNI N° 34.914.235 a fin de que realicé/n los trámites ante la Inspección General de Personas Jurídicas y el Registro Público, la Administración Federal de Ingresos Públicos (AFIP), la Dirección Provincial de Rentas de las Provincia de Jujuy, y toda repartición pública o privada, para tramites de registro o gestión, con facultad de aceptar las objeciones que éstos efectúen y realizar las respectivas modificaciones al acto constitutivo. V.- DECLARACION JURADA SOBRE LA CONDICION DE PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE. El que suscribe, RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente”; aprobada por la Unidad de Información Financiera, que ha leído. Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. Documento: Tipo DNI Nº 30.726.931.- País y Autoridad de Emisión: ARGENTINA.- Carácter invocado: TITULAR.- CUIT/CUIL/CDI Nº: 20-30.726.931-8.- Lugar y fecha: San Salvador de Jujuy, 14 de Agosto de 2024.- VI.DECLARACION JURADA SOBRE LA CONDICION DE PERSONAS EXPUESTAS POLITICAMENTE.- La que suscribe, CUSSEL MARIA CRISTINA declara bajo juramento que los datos consignados en la presente son correctos, completos y fiel expresión de la verdad y que NO se encuentra incluido y/o alcanzado dentro de la “Nómina de Personas Expuestas Políticamente”; aprobada por la Unidad de Información Financiera, que ha leído. Además, asume el compromiso de informar cualquier modificación que se produzca a este respecto, dentro de los treinta (30) días de ocurrida, mediante la presentación de una nueva declaración jurada. Documento: Tipo: 32.876.891.- País y Autoridad de Emisión: ARGENTINA.- Carácter invocado: TITULAR.- CUIT/CUIL/CDI Nº: 23-32.876.891-9.- Lugar y fecha: San Salvador de Jujuy, 14 de Agosto de 2024.- VII.- DECLARACIÓN JURADA SOBRE LICITUD Y ORIGEN DE LOS FONDOS (LEY N° 25246, RESOLUCIONES UIF N° 11/11 y 30/11.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF), el Sr. RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN por la presente DECLARA BAJO JURAMENTO que los fondos y valores que se utilizan para realizar las operaciones que dan lugar al trámite al que se adjunta la presente proviene de actividades lícitas y se originan en mi trabajo en Relación de Dependencia.- Firma.- En cumplimiento de lo dispuesto por la Unidad de Información Financiera (UIF), la Sra. CUSSEL MARIA CRISTINA por la presente DECLARA BAJO JURAMENTO que los fondos y valores que se utilizan para realizar las operaciones que dan lugar al trámite al que se adjunta la presente proviene de actividades lícitas y se originan en mi trabajo en Relación de Dependencia.- Firma.- VIII.- Dados de los miembros titulares y suplentes: Cargo: Administrador.- Fec. Inicio al cargo: 10/07/2024.- Apellido y Nombres: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN.- Tipo y nro. De documento: 30.726.931.- CUIT/CUIL/CDI: 20-30.726.931-8.- Nacionalidad: Argentina.- Fecha de nacim.: 12/06/84.- Sexo (F/M): M.- Estado Civil: Soltero.- Profesión/Oficio: Comerciante.- Cargo: Administradora Suplente.- Fec. Inicio al cargo: 18/11/2023.- Apellido y Nombres: CUSSEL MARIA CRISTINA.- Tipo y nro. De documento: 32.876.891.- CUIT/CUIL/CDI: 23-32.876.891-9.- Nacionalidad: Argentina.- Fecha de nacim.: 12/06/87.- Sexo (F/M): F.- Estado Civil: Soltero.- Profesión/Oficio: Comerciante.- Cargo: Administrador.- Apellido y Nombres: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN.- Domicilio Real: Calle Jorge Nebwery 328.- Localidad: San Salvador de Jujuy.- Departamento: Dr. Manuel Belgrano.- Provincia: Jujuy.- Pais: Argentina.- Teléfono Email: 3885058709.- Cargo: Administradora Suplente.- Apellido y Nombres: CUSSEL MARIA CRISTINA.- Domicilio Real: Calle Leopoldo Aban 39.- Localidad: San Salvador de Jujuy.- Departamento: Dr. Manuel Belgrano.- Provincia: Jujuy.- Pais: Argentina.- Teléfono Email: 3886012083.- IX.– Datos del o los Socios Fundadores.- Apellido y Nombres: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN.- Tipo y nro. De documento: 30.726.931.- CUIT/CUIL/CDI: 20-30.726.931-8.- Nacionalidad: Argentina.- Fecha de nacim.: 12/06/84.- Sexo (F/M): M.- Estado Civil: Soltero.- Profesión/Oficio: Comerciante.- Apellido y Nombres: CUSSEL MARIA CRISTINA.- Tipo y nro. De documento: 32.876.891.- CUIT/CUIL/CDI: 23-32.876.891-9.- Nacionalidad: Argentina.- Fecha de nacim.: 12/06/87.- Sexo (F/M): F.- Estado Civil: Soltero.- Profesión/Oficio: Comerciante.- Apellido y Nombres: RODRIGO GABRIEL FERNANDEZ BESIN.- Domicilio Real: Calle Jorge Nebwery 328.- Localidad: San Salvador de Jujuy.- Departamento: Dr. Manuel Belgrano.- Provincia: Jujuy.- Pais: Argentina.- Teléfono Email: 3885058709.- Cargo: Administradora Suplente.- Apellido y Nombres: CUSSEL MARIA CRISTINA.- Domicilio Real: Calle Leopoldo Aban 39.- Localidad: San Salvador de Jujuy.- Departamento: Dr. Manuel Belgrano.- Provincia: Jujuy.- Pais: Argentina.- Teléfono Email: 3886012083.- X.– Datos de las personas autorizadas para trámites.- Apellido y Nombres: SANTIAGO BESIN CALDERARI.- Tipo y nro. De documento: 34.914.235.- CUIT/CUIL/CDI: 20-34.914.235-0.- Nacionalidad: Argentina.- Fecha de nacim.: 02/03/1990.- Sexo (F/M): M.- Estado Civil: Casado.- Profesión/Oficio: Contador.- Apellido y Nombres: SANTIAGO BESIN CALDERARI.- Calle El Cardenal 964.- Localidad: San Salvador de Jujuy.- Departamento: Dr. Manuel Belgrano.- Provincia: Jujuy.- Pais: Argentina.- Teléfono Email: Santiagobesincalderari@gmail.com.- XI.– Bajo las precedentes cláusulas, queda formalizada la constitución de la presente Sociedad por Acciones Simplificada, firmando las partes en señal de conformidad, previa lectura y ratificación, en 4 ejemplares de un mismo tenor y a un solo efecto; en la ciudad de San Salvador de Jujuy a los 14 de agosto de 2024.- ACT. NOT. Nº B 00877126- A 00240938- ESC. SUSANA DANIELA DI PIETRO- TIT. REG. Nº 7- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

RESOLUCION Nº 381-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-329/2024- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 14 de Mayo de 2026.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

  • 17 JUL. LIQ. Nº 44510 $4.300,00.-