BOLETIN OFICIAL Nº 83 – 17/07/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 464/2026.-

REF. “ADHESIÓN A LEY NACIONAL N.º 26.206 DE EDUCACIÓN NACIONAL”. (EXPTE 90–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La Ley Nacional N.º 26.206 de Educación Nacional; la Constitución Nacional; la Convención sobre los Derechos del Niño aprobada por la Ley Nacional N.º 23.849; la Ley Nacional N.º 26.061 de Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes; y la necesidad de fortalecer las acciones tendientes a garantizar el acceso, permanencia y egreso del sistema educativo de todos los habitantes de la ciudad de Puesto Viejo; y

Que, la Ley Nacional N.º 26.206 establece que la educación y el conocimiento constituyen un bien público y un derecho personal y social garantizado por el Estado, definiendo a la educación como una prioridad nacional y una herramienta fundamental para la construcción de una sociedad más justa, democrática, inclusiva y participativa, orientada al desarrollo integral de las personas y al fortalecimiento de la ciudadanía.

Que, el acceso a una educación de calidad representa uno de los pilares fundamentales para el desarrollo humano, social, cultural y económico de las comunidades, constituyendo una herramienta indispensable para la igualdad de oportunidades, la reducción de las desigualdades sociales y la promoción de procesos de movilidad social que permitan a cada persona desarrollar plenamente sus capacidades, talentos y proyectos de vida.

Que, la Ley Nacional N.º 26.206 promueve principios esenciales como la inclusión educativa, la igualdad, la gratuidad de la enseñanza pública, la equidad territorial, el respeto por la diversidad cultural, la formación ciudadana, la educación en valores democráticos y el fortalecimiento de la identidad nacional, reconociendo además la responsabilidad concurrente del Estado, las familias y la comunidad en la construcción de una educación integral y de calidad para todos los habitantes.

Que, los municipios desempeñan un papel estratégico en el fortalecimiento de las políticas educativas, no sólo mediante la colaboración con los establecimientos escolares y los organismos provinciales competentes, sino también a través del desarrollo de programas de apoyo educativo, actividades culturales, deportivas y recreativas, acciones de inclusión social, mantenimiento de infraestructura comunitaria y generación de espacios que favorezcan el aprendizaje y la permanencia de niños, niñas, adolescentes y adultos dentro del sistema educativo.

Que, el Municipio de Puesto Viejo ha acompañado históricamente a las instituciones educativas de su jurisdicción mediante distintas acciones de cooperación institucional, asistencia comunitaria, acompañamiento a estudiantes y promoción de actividades formativas, reconociendo que la educación constituye una herramienta indispensable para el progreso individual y colectivo, así como para la construcción de una comunidad más desarrollada, solidaria y comprometida con el bienestar común.

Que, resulta oportuno que el Municipio de Puesto Viejo adhiera formalmente a los principios, objetivos y lineamientos establecidos por la Ley Nacional Nº 26.206, reafirmando su compromiso con la defensa del derecho a la educación, la promoción de políticas públicas que favorezcan la inclusión y permanencia educativa, y la articulación con los distintos niveles del Estado para contribuir al fortalecimiento del sistema educativo y al desarrollo integral de las presentes y futuras generaciones.

POR ELLO;

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. ADHIÉRASE, la Municipalidad de Puesto Viejo, en todos sus términos a Ley Nacional N.º 26.206 de Educación Nacional, compartiendo y promoviendo los principios, objetivos y lineamientos establecidos en dicha norma.

Artículo 2º-. El Departamento Ejecutivo Municipal, a través de las áreas competentes, promoverá acciones, programas y actividades destinadas a fortalecer el acceso, permanencia y egreso de los estudiantes del sistema educativo, así como iniciativas de apoyo a las instituciones educativas de la jurisdicción.

Artículo 3º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 18 DE JUNIO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente