BOLETIN OFICIAL Nº 79 – 08/07/2026

Dra. Alejandra M. L. Caballero, Vocal de la Sala tercera de la Cámara Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy y Presidente de trámite en el Expte. Nº C-63180/16 caratulado Prescripción Adquisitiva de Inmuebles: “ARIAS, PABLO JUAN y FERNANDEZ, HILDA DELIA c/ QUISPE, EPIFANIO LEOPOLDO y APAZA, ANASTACIA PEPA”, ordena dar publicidad a la sentencia dictada en autos en fecha 26 de agosto del año 2022: “En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, República Argentina, a los veintiséis días del mes de agosto    del año dos mil veintidós, los Sres. Jueces de la Sala Tercera de la Cámara en lo Civil y Comercial, Dres. ALEJANDRA MARÍA LUZ CABALLERO, NORMA BEATRIZ ISSA y CARLOS MARCELO COSENTINI vieron el Expte. Nº C-063180/2016, caratulado: “PRESCRIPCIÓN ADQUISITIVA DE INMUEBLES: ARIAS, PABLO JUAN Y FERNANDEZ, HILDA DELIA c/ QUISPE, EPIFANIO LEOPOLDO Y APAZA, ANASTACIA PEPA”… RESUELVE: 1. Hacer lugar a la demanda promovida por Dr. Facundo Vargas Duran en representación de los Sres. Pablo Juan Arias e Hilda Delia Fernández. En su mérito declarar adquirido por los actores el dominio del inmueble individualizado como Matricula A-25896-47763, Padrón A-45763, Circ. 2, Secc. 3 Manzana 21, Parcela 26 ubicado sobre calle Eva Perón S/Nº ubicado en Yala- Lozano, cuyas medidas, superficie y linderos surgen del plano de mensura para prescripción adquisitiva agregado a la causa. 2. Determinar como fecha de adquisición del dominio el 22 de noviembre de 2010. 3. Imponer las costas por el orden causado. 4.  Diferir la regulación de los honorarios profesionales. 5. Firme la sentencia, librar oficios ordenando las inscripciones pertinentes, previo pago de las obligaciones fiscales que correspondieren y publicación por edictos en el Boletín Oficial y en un diario local en las mismas condiciones previstas en los artículos 531 y 532 del C.P.C 6. Registrar, agregar copia en autos, notificar por cédula a las partes y dar intervención a C.A.P.S.A.P. y a la Dirección Provincial de Rentas. Fdo: Dra. Alejandra Maria Luz Caballero -Pte. de Trámite-, Dres. Norma Beatriz Issa y Carlos Marcelo Cosentini –Vocales- Ante Mi: Dra. Gabriela Beatriz Rojas- Secretaria-. Publíquense EDICTOS en el Boletín Oficial y un Diario local por un día (art. 170 del C.P.C.C.). San Salvador de Jujuy, 08 de mayo de 2026.-

08 JUL. LIQ. Nº 44388 $1.900,00.-