BOLETIN OFICIAL Nº 79 – 08/07/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE MAIMARA.-

ORDENANZA N° 073/HCDM/2025.-

“ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”.-

VISTO:

La nota N° 226/25/HCDM presentada por la Asociación de Taxis 7 de Mayo de la localidad de Maimará;

La Ley Orgánica de los Municipios de la Provincia de Jujuy N°4466/89 y Modificatorias.

CONSIDERANDO:

Que, en el mes de diciembre del año 2025 la Asociación de Taxis 7 de Mayo de localidad de Maimará presenta una nota, SOLICITANDO la actualización del Cuadro Tarifario del Servicio Alternativo de Pasajeros, en la cual exponen sus argumentos;

Que conforme a la Ordenanza N° 033/2022/HCDM, es facultad exclusiva del Honorable Concejo Deliberante legislar sobre todo lo relativo al Servicio de Transporte Alternativo de Pasajeros dentro de la jurisdicción municipal de Maimará, provincia de Jujuy;

Que la Asociación de Remises y Taxis ha fundamentado su solicitud de actualización tarifaria en el incremento sostenido de los costos operativos, tales como combustible, mantenimiento de unidades, repuestos, seguros obligatorios y demás gastos inherentes a la actividad.

Que resulta necesario equilibrar la sustentabilidad económica del servicio con la protección de los derechos de los usuarios, los cuales se encuentran contemplados en los artículos 16°, 17° y concordantes de la Ordenanza N° 033/2022/HCDM.

Que el cuadro tarifario presentado distingue correctamente entre recorridos compartidos, viajes especiales, tarifa normal y tarifa nocturna, estableciendo criterios objetivos y claros para su aplicación.

Que la actualización del cuadro tarifario debe instrumentarse mediante ANEXO, formando parte integrante de la presente Ordenanza, y ser de exhibición obligatoria en todas las unidades habilitadas.

Por todo lo expuesto EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE DE MAIMARÁ, en uso de las facultades que les confiere la Ley Orgánica de los Municipios N° 4466, Modificatorias y el Reglamento Interno, SANCIONA:

CON FUERZA DE LEY LA ORDENANZA N° 073/2025/HCDM.-“ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS”.-

ARTÍCULO 1°: APRÚEBESE la ACTUALIZACIÓN DEL CUADRO TARIFARIO DEL SERVICIO ALTERNATIVO DE TRANSPORTE DE PASAJEROS, que como ANEXO I forma parte de la misma, el que entrara en vigencia luego de su promulgación por el Departamento Ejecutivo Municipal.

ARTÍCULO 2°: Establece que el Horario Nocturno regirá a partir de las 23:00 horas hasta las 05:30 horas del día siguiente.

ARTÍCULO 3°: Se dispone que los mayores de cinco (5) años deberán abonar el pasaje correspondiente, conforme al cuadro tarifario aprobado.

ARTÍCULO 4°: Establece que los días domingos y feriados el boleto se cobrará conforme a la Tarifa Nocturna.

ARTÍCULO 5°: Manifiéstese que el Cuadro Tarifario aprobado deberá ser exhibido obligatoriamente en el interior de cada unidad habilitada para la prestación del servicio.

ARTÍCULO 6°: Remítase copia de la presente al Departamento Ejecutivo Municipal y a las áreas que correspondan para su implementación y control. Publíquese oportunamente, ARCHÍVESE.

Dada en la Sala de Sesiones del Honorable Concejo Deliberante de la Municipalidad de Maimará, a los 22 días del mes de Diciembre del año 2025.

Raúl Armando Farfan

Presidente