BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 06/07/2026
DECRETO Nº 5522-HF/2026.-
EXPTE. Nº 500-47/2026.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 JUN. 2026.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Dispónese que el Régimen previsto en el Decreto Nº 5193-HF/2026 comprenderá las deudas que mantengan contribuyentes y responsables por obligaciones tributarias cuya percepción, fiscalización o determinación estén a cargo de la Dirección Provincial de Rentas, vencidas, según el tributo que se trate, al 30 de junio de 2026 inclusive.-
ARTICULO 2º.- Prorróguense los beneficios vigentes al 30 de junio de 2026, establecidos en el Decreto Nº 5193-HF/2026 hasta el 31 de julio de 2026.-
ARTICULO 3º.- Facúltese a la Dirección Provincial de Rentas a reglamentar condiciones. formalidades, vencimientos y demás requisitos a cumplir por los interesados para acceder a los beneficios previstos en el presente decreto.-
ARTICULO 4º.- Autorizase al Ministerio de Hacienda y Finanzas a prorrogar la vigencia del presente régimen así como también a extender la fecha de corte de las deudas comprendidas.-
ARTICULO 5º.- En todas aquellas cuestiones no previstas en el presente régimen y en su reglamentación, serán de aplicación las disposiciones del Código Fiscal (Ley Provincial N° 5.791 Τ.Ο. 2022 y sus modificatorias).-
ARTICULO 6º.- Registrese. Tome Razón Fiscalía de Estado. Pase al Boletín Oficial para su publicación en forma integral y a la Secretaría de Comunicación y Gobierno Abierto para amplia difusión. Cumplido gírese a la Dirección Provincial de Rentas y vuelva al Ministerio de Hacienda y Finanzas.-
C.P.N. CARLOS ALBERTO SADIR
GOBERNADOR








