BOLETIN OFICIAL Nº 78 – 06/07/2026
- MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 1609.26.040.-
EXPEDIENTE Nº 16 –9491–/2026 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 23 JUN. 2026.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8271/2026, sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 07/2026 de fecha 05 de Junio 2026, mediante la cual la Municipalidad de San Salvador de Jujuy se Adhiere a los Artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 12°, 14° y 16° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 196/2025, que modifican la Reglamentación General de la Ley N° 24.449 de Transito y Seguridad Vial integrante del ANEXO I del Decreto N° 779/95 y sus modificatorios, referidos a las siguientes materias:
- Artículos 1° y 2°: Características, formato, vigencia y requisitos de la Licencia Nacional de Conducir;
- Artículos 4°, 5° y 6°: Modificación de datos en la licencia, suspensión por ineptitud psicofísica y régimen del conductor profesional;
- Artículo 12° Revisión Técnica Obligatoria – plazos, talleres habilitados, certificación digital y régimen tarifario;
- Artículo 14° Exhibición de documentación obligatoria en formato digital o físico;
- Artículo 16° Requisitos para circular en la vía pública; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento la Secretaría de Servicios Públicos, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;
- EL INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
- DECRETA:
ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 8271/2026, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 07/2026 de fecha 05 de Junio 2026, mediante la cual la Municipalidad de San Salvador de Jujuy se Adhiere a los Artículos 1°, 2°, 3°, 4°, 5°, 6°, 12°, 14° y 16° del Decreto del Poder Ejecutivo Nacional N° 196/2025, que modifican la Reglamentación General de la Ley N° 24.449 de Transito y Seguridad Vial integrante del ANEXO I del Decreto N° 779/95 y sus modificatorios, referidos a las siguientes materias:
- Artículos 1° y 2°: Características, formato, vigencia y requisitos de la Licencia Nacional de Conducir;
- Artículos 4°, 5° y 6°: Modificación de datos en la licencia, suspensión por ineptitud psicofísica y régimen del conductor profesional;
- Artículo 12° Revisión Técnica Obligatoria – plazos, talleres habilitados, certificación digital y régimen tarifario;
- Artículo 14° Exhibición de documentación obligatoria en formato digital o físico;
- Artículo 16° Requisitos para circular en la vía pública.-
ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Servicios Públicos MARENCO GUILLERMO conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaria de Servicios Públicos y a la Coordinación General de Comunicación. Asimismo, comuníquese al Concejo Deliberante de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Raúl E. Jorge
Intendente








