BOLETIN OFICIAL Nº 76 – 01/07/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO.-

ORDENANZA N° 1.998/2026.-

REF.: ADHERIR A LA MUNICIPALIDAD DE PERICO A LA LEY PROVINCIAL N° 5530 REF: “DE PROTECCIÓN DEL BIENESTAR Y PROTAGONISMO DE LOS DERECHOS DEL ADULTO MAYOR Y CREACIÓN DEL CONSEJO PROVINCIAL DEL ADULTO MAYOR.”. EXPTE. 12.763/26 INIC. POR EL CJAL. CRISTIAN ALBERTO VALDIVIEZO.

VISTO:

La Ley Provincial N° 5530 REF: “DE PROTECCIÓN DEL BIENESTAR Y PROTAGONISMO DE LOS DERECHOS DEL ADULTO MAYOR Y CREACIÓN DEL CONSEJO PROVINCIAL DEL ADULTO MAYOR” sancionada LA LEY 5530 el 12 de octubre de 2006 y promulgada el 10 de noviembre de 2006, publicada en el Boletín Oficial de la Provincia; y

CONSIDERANDO:

Que la citada Ley tiene por objeto promover, preservar y proteger los derechos de las personas adultas mayores, a efectos de lograr una mejor calidad de vida y su plena integración armónica en la familia y en la sociedad, conforme a los derechos y garantías reconocidos en la Constitución Nacional, Constitución Provincial y demás legislación vigente (Art. 1°) de la ley 5530.

Que el Artículo 9° de la Ley Provincial N° 5530 invita expresamente a los Municipios a adherir a la presente norma dictando la normativa pertinente;

Que resulta necesario y conveniente que la Municipalidad de Perico adhiera a esta legislación provincial a fin de fortalecer las políticas locales de protección, bienestar e inclusión de los adultos mayores residentes en su jurisdicción;

Que la adhesión permitirá al Municipio articular acciones con el Consejo Provincial del Adulto Mayor y aplicar localmente los principios rectores de la ley;

Por Todo Ello:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE CIUDAD PERICO

ORDENA:

ARTICULO 1º: Adherir a la Municipalidad de Perico a la Ley Provincial N° 5530 REF: “DE PROTECCIÓN DEL BIENESTAR Y PROTAGONISMO DE LOS DERECHOS DEL ADULTO MAYOR Y CREACIÓN DEL CONSEJO PROVINCIAL DEL ADULTO MAYOR.”

ARTICULO 2º: Elévese al Departamento Ejecutivo Municipal para su cumplimiento. Publíquese en el Boletín Oficial. Regístrese. Cumplido. ARCHÍVESE.-

SALA DE SESIONES, 07 DE MAYO DE 2.026

Mario Alfredo Abraham

Presidente