BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 29/06/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 460/2026.-

REF. “CAMPAÑA MUNICIPAL MENOS PLÁSTICO, MÁS AMBIENTE”. (EXPTE 84–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La conmemoración del “5 de Junio – Día Mundial del Medio Ambiente”, fecha destinada a promover acciones de concientización y protección ambiental; y,

Que, la contaminación por residuos plásticos constituye una de las principales problemáticas ambientales a nivel mundial, afectando ecosistemas, espacios públicos, cursos de agua y la salud ambiental de las comunidades.

Que, el uso excesivo de plásticos descartables y de un solo uso genera un impacto negativo significativo debido a su lenta degradación y acumulación en el ambiente.

Que, bolsas plásticas, botellas, sorbetes, envases y otros elementos descartables representan una importante fuente de contaminación urbana y ambiental.

Que, resulta necesario promover hábitos responsables de consumo y fortalecer la conciencia ambiental en la comunidad mediante acciones preventivas y educativas.

Que, las campañas de sensibilización ambiental constituyen herramientas fundamentales para fomentar cambios culturales y conductas sostenibles.

Que, el uso de bolsas reutilizables, recipientes reciclables y alternativas sustentables contribuye a disminuir la generación de residuos contaminantes.

Que, el Estado Municipal debe impulsar políticas públicas orientadas a la protección del ambiente, la reducción de residuos y la promoción de prácticas sustentables.

Que, las acciones de concientización ambiental pueden desarrollarse mediante campañas de bajo costo económico y alto impacto comunitario.

Que, la participación de instituciones educativas, comercios, organizaciones sociales y vecinos resulta esencial para fortalecer las políticas ambientales locales.

Que, la educación ambiental permite construir una comunidad más comprometida con el cuidado de los espacios públicos y los recursos naturales.

Que, la promoción de hábitos responsables vinculados al consumo y disposición de residuos contribuye a mejorar la calidad de vida y el entorno urbano.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el la Campaña Municipal “Menos Plástico, Más Ambiente”, destinada a promover acciones de concientización, educación ambiental y reducción del uso de plásticos descartables y de un solo uso.

Artículo 2º-. La presente Ordenanza tiene por objeto fomentar hábitos responsables y sustentables mediante campañas de sensibilización y educación ambiental orientadas a reducir el consumo de plásticos descartables y promover alternativas reutilizables y ecológicas.

Artículo 3º-. La Campaña “Menos Plástico, Más Ambiente” tendrá como objetivo general fortalecer la conciencia ambiental comunitaria y promover conductas responsables vinculadas a la reducción de residuos plásticos y el cuidado del ambiente.

Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Promover la reducción del uso de plásticos descartables y de un solo uso;
  • Fomentar hábitos de consumo responsables y sustentables;
  • Incentivar la utilización de bolsas reutilizables y elementos ecológicos;
  • Generar conciencia sobre el impacto ambiental de los residuos plásticos;
  • Fortalecer acciones de educación y sensibilización ambiental;
  • Promover la participación comunitaria en campañas ecológicas;
  • Incentivar prácticas responsables en instituciones, comercios y espacios comunitarios;
  • Contribuir al cuidado y preservación de los espacios públicos y recursos naturales.

Artículo 5º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el Área de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 6º-. Serán deberes y facultades de la Autoridad de Aplicación:

  • Diseñar e implementar campañas de concientización sobre reducción de residuos plásticos;
  • Elaborar y difundir material gráfico, audiovisual y educativo relacionado con el cuidado ambiental;
  • Promover acciones educativas sobre reciclaje y consumo responsable;
  • Incentivar el uso de bolsas reutilizables y alternativas ecológicas;
  • Coordinar campañas comunitarias vinculadas a la reducción de residuos;
  • Articular acciones con instituciones educativas, comercios y organizaciones sociales;
  • Promover jornadas ambientales y actividades alusivas al Día Mundial del Medio Ambiente;
  • Impulsar campañas de limpieza y cuidado de espacios públicos;
  • Generar acciones de sensibilización en oficinas públicas e instituciones locales;
  • Difundir recomendaciones ambientales mediante medios institucionales y redes sociales.

Artículo 7º-. Las campañas previstas podrán incluir:

  • Charlas y talleres educativos;
  • Campañas gráficas y audiovisuales;
  • Actividades comunitarias de sensibilización;
  • Entrega simbólica de bolsas reutilizables;
  • Jornadas de reciclaje y limpieza;
  • Actividades educativas en escuelas y centros vecinales;
  • Promoción de prácticas sustentables en comercios locales.

Artículo 8º-. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá convocar a instituciones educativas, comercios, organizaciones ambientales, centros vecinales y demás actores comunitarios a participar en las actividades previstas en la presente Ordenanza.

Artículo 9º-. La Municipalidad podrá promover campañas informativas y recomendaciones ambientales destinadas a comercios locales sobre reducción del uso de bolsas y elementos plásticos descartables.

Artículo 10º-. Las acciones previstas en la presente Ordenanza serán implementadas de manera progresiva conforme a las posibilidades operativas y administrativas del Municipio.

Artículo 11º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 04 DE JUNIO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente