BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 29/06/2026

CONCEJO DELIBERANTE DE PUESTO VIEJO.-

ORDENANZA N° 458/2026.-

REF. “PROGRAMA MUNICIPAL ECO OFICINAS”. (EXPTE 84–CD-2026 INICIADO POR LOS CONCEJALES: MARCELO E. LÓPEZ, TATIANA M. CAZON Y RAMON A. NARVAEZ).

VISTO Y CONSIDERANDO;

La conmemoración del “5 de Junio – Día Mundial del Medio Ambiente”, fecha destinada a promover acciones de concientización y protección ambiental; y,

Que, el cuidado del medio ambiente constituye una responsabilidad colectiva que requiere la participación activa del Estado y de toda la comunidad.

Que, las instituciones públicas deben asumir un rol ejemplificador en la implementación de prácticas sostenibles y responsables con el ambiente.

Que, el uso excesivo de papel, energía eléctrica, plásticos descartables y otros recursos en oficinas y dependencias administrativas genera un impacto ambiental significativo.

Que, pequeñas acciones cotidianas vinculadas al ahorro energético, la reducción del consumo de papel y la correcta gestión de residuos pueden contribuir de manera concreta a la protección ambiental.

Que, resulta necesario promover hábitos institucionales sustentables orientados a reducir el impacto ambiental de las actividades administrativas municipales.

Que, las campañas de concientización ambiental dentro del ámbito laboral permiten fortalecer el compromiso comunitario y fomentar conductas responsables.

Que, la implementación de políticas de “oficinas sostenibles” constituye una herramienta eficaz y de bajo costo para promover la educación ambiental y el uso racional de recursos.

Que, la reducción del consumo innecesario de papel y energía genera además beneficios administrativos y económicos para el Municipio.

Que, el desarrollo de acciones ambientales dentro de las dependencias municipales contribuye a fortalecer una cultura institucional basada en la sostenibilidad y el cuidado del entorno.

Que, resulta importante promover la separación básica de residuos reciclables y la utilización responsable de materiales de oficina.

Que, el Estado Municipal debe impulsar políticas públicas preventivas, educativas y ambientales orientadas a mejorar la calidad de vida y promover prácticas sustentables.

Que, las acciones de educación ambiental representan herramientas fundamentales para generar conciencia y compromiso ciudadano.

Por Ello:

EL HONORABLE CONCEJO DELIBERANTE SANCIONA LA SIGUIENTE ORDENANZA.

Artículo 1º-. Se crea en el ámbito de la Municipalidad de Puesto Viejo el Programa Municipal “Eco Oficinas”, destinado a promover prácticas sustentables, responsables y amigables con el ambiente dentro de las dependencias municipales.

Artículo 2º-. La presente Ordenanza tiene por objeto fomentar el uso responsable y eficiente de recursos materiales y energéticos en oficinas y dependencias municipales, promoviendo hábitos institucionales vinculados al cuidado del ambiente y la reducción del impacto ambiental.

Artículo 3º-. El Programa “Eco Oficinas” tendrá como objetivo general fortalecer prácticas institucionales sostenibles mediante acciones de concientización, reducción de residuos, ahorro energético y uso responsable de recursos dentro de la administración municipal.

Artículo 4º-. Serán objetivos específicos del Programa:

  • Promover el uso racional y responsable de papel, energía y recursos de oficina;
  • Incentivar la reducción del consumo de plásticos descartables;
  • Fomentar hábitos ambientales responsables entre trabajadores municipales;
  • Promover la separación básica de residuos reciclables;
  • Incentivar el uso de herramientas digitales para reducir impresiones innecesarias;
  • Generar campañas de educación y concientización ambiental en oficinas públicas;
  • Fortalecer el compromiso institucional con el cuidado del ambiente;
  • Promover prácticas de ahorro energético dentro de las dependencias municipales.

Artículo 5º-. Será Autoridad de Aplicación de la presente Ordenanza el Área de Seguridad, Higiene y Medio Ambiente de la Municipalidad de Puesto Viejo.

Artículo 6º-. Serán tareas de la Autoridad de Aplicación:

  • Diseñar e implementar acciones de concientización ambiental en oficinas municipales;
  • Elaborar recomendaciones y buenas prácticas para el uso responsable de recursos;
  • Promover campañas internas sobre ahorro energético y reducción del consumo de papel;
  • Impulsar la utilización responsable de impresiones y documentación digital;
  • Fomentar la reducción del uso de plásticos descartables dentro de dependencias municipales;
  • Coordinar acciones de separación básica de residuos reciclables;
  • Elaborar material gráfico, cartelería y contenido educativo ambiental;
  • Promover jornadas de capacitación y sensibilización para agentes municipales;
  • Coordinar acciones ambientales con distintas áreas municipales;
  • Impulsar actividades alusivas al Día Mundial del Medio Ambiente.

Artículo 7º-. Las dependencias municipales podrán implementar progresivamente medidas tales como:

  • Uso racional de iluminación y equipos eléctricos;
  • Reducción de impresiones innecesarias;
  • Reutilización de hojas y materiales de oficina;
  • Separación básica de residuos reciclables;
  • Utilización responsable de agua potable;
  • Promoción de documentación digital interna.

Artículo 8º-. La Autoridad de Aplicación promoverá campañas de educación ambiental dirigidas al personal municipal mediante cartelería, medios digitales, capacitaciones y acciones informativas vinculadas a prácticas sustentables.

Artículo 9º-. La Municipalidad podrá desarrollar jornadas de capacitación destinadas a agentes municipales sobre eficiencia energética, reciclaje, reducción de residuos y cuidado ambiental.

Artículo 10º-. Las distintas áreas y dependencias municipales deberán colaborar con la implementación de las acciones previstas en la presente Ordenanza, promoviendo prácticas ambientales responsables en sus espacios de trabajo.

Artículo 11º-. El Departamento Ejecutivo Municipal podrá difundir las acciones realizadas en el marco del Programa mediante redes sociales, medios institucionales y campañas comunitarias de educación ambiental.

Artículo 12º-. DE FORMA.-

SALA DE SESIONES, 04 DE JUNIO DE 2026.-

Marcelo Eduardo López

Presidente