BOLETIN OFICIAL Nº 75 – 29/06/2026
MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-
DECRETO Nº 2310.25.036.-
EXPEDIENTE Nº 16 – 15224 – 2025 – 1.-
San Salvador de Jujuy, 12 SEP. 2025.-
VISTO:
El Proyecto de Ordenanza N° 8183/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 10/2025 de fecha 28 de Agosto de 2025, mediante el cual se establece el Régimen Jurídico Aplicable al Sistema de Padrinazgos de Polideportivos Barriales de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para el mantenimiento y puesta en valor de los mismos; y
CONSIDERANDO:
Que, tomado conocimiento la señora Secretaria de Planificación y Ambiente, la misma expresa que no hay objeción al Proyecto de Ordenanza antes citado, por lo cual corresponde el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;
Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal,
EL SEÑOR INTENDENTE MUNICIPAL DE SAN SALVADOR DE JUJUY
DECRETA:
ARTICULO 1°.- Promúlguese la Ordenanza N° 8183/2025, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 10/2025 de fecha 28 de Agosto de 2025, mediante la cual se establece el Régimen Jurídico Aplicable al Sistema de Padrinazgos de Polideportivos Barriales de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, para el mantenimiento y puesta en valor de los mismos.-
ARTICULO 2°.- El presente Decreto será refrendado por la Sra. Secretaria de Planificación y Ambiente Arq. ADRIANA P. DIAZ, conforme lo establece el Artículo 1° del Decreto Acuerdo N° 176-I-94.-
ARTICULO 3°.- Comuníquese, publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a sus efectos a la Secretaría de Planificación y Ambiente, a la Coordinación General de Comunicación Municipal y a las restantes Secretarías que conforman el Departamento Ejecutivo Municipal. Asimismo remítase un ejemplar del presente dispositivo legal al Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy.-
Arq. Rául E. Jorge
Intendente








