BOLETIN OFICIAL Nº 74 – 26/06/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO

DECRETO Nº 045/2026.-

PERICO DE SAN ANTONIO, 28 MAY. 2026.-

VISTO:

Las Ordenanzas Municipales Nº 001/2026 y 006/2026; y

CONSIDERANDO:

Que, mediante Ordenanza Municipal Nº 001/2026 se fijó el valor de la Unidad Tributaria aplicable a los tributos municipales;

Que posteriormente, en el marco del procedimiento institucional correspondiente, el Departamento Ejecutivo Municipal formuló observación parcial respecto de dicha norma, dando lugar al tratamiento posterior por parte del Concejo Deliberante;

Que, como consecuencia de ello, el Concejo Deliberante sancionó la Ordenanza Municipal Nº 006/2026, mediante la cual se receptó la modificación propuesta y se sustituyó el artículo pertinente de la Ordenanza Municipal Nº 001/2026, estableciendo el régimen de actualización trimestral de la Unidad Tributaria;

Que, si bien ambas Ordenanzas fueron sancionadas como actos normativos diferenciados, corresponde dejar expresamente establecido que la Ordenanza Municipal Nº 006/2026 reviste carácter modificatorio, complementario e integrador de la Ordenanza Municipal Nº 001/2026, debiendo ambas normas interpretarse de manera conjunta, armónica y sistemática;

Que la publicación simultánea de ambas Ordenanzas resulta conveniente a los fines de asegurar publicidad, claridad normativa, seguridad jurídica y correcta aplicación administrativa del régimen tributario municipal;

Que la Ley Orgánica de Municipios Nº 4466 atribuye al Departamento Ejecutivo Municipal la promulgación de las Ordenanzas sancionadas por el Concejo Deliberante y dispone su publicación oficial conforme el régimen legal aplicable;

POR ELLO:

En pleno uso de sus facultades;

EL INTENDENTE DE LA MUNICIPALIDAD DE SAN ANTONIO

DECRETA:

ARTÍCULO Nº 1: Promúlguense las Ordenanzas Municipales Nº 001/2026 y Nº 006/2026, sancionadas por el Concejo Deliberante de la Municipalidad de San Antonio.-

ARTÍCULO Nº 2: Déjase establecido que la Ordenanza Municipal Nº 006/2026 reviste carácter modificatorio, complementario e integrador de la Ordenanza Municipal Nº 001/2026, debiendo ambas normas interpretarse y aplicase de manera conjunta y armónica.-

ARTÍCULO Nº 3: Dispóngase la publicación simultánea de las Ordenanzas Municipales Nº 001/2026 y Nº 006/2026 en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy y/o por los medios oficiales que correspondan.-

ARTÍCULO Nº 4: Comuníquese, publíquese, regístrese y archívese.-

Álvaro Debedia

Intendente