BOLETIN OFICIAL Nº 73 – 24/06/2026

MODIFICACION AL CONTRATO SOCIAL “SEMILLA FINANCIERA SOCIEDAD POR ACCIONES SIMPLIFICADA” -Art. 38 Ley 27.349.- En la ciudad de San Salvador de Jujuy, Provincia de JUJUY, a los veintidós (22) días del mes de Mayo del año dos mil veintiséis, se reúnen Sandra Jimena Huanca Aguilar, DNI N° 37.511.763, argentina, de profesión estudiante, estado soltera, nacida el 24 de Julio de 1993, CUIT 27-37511763-6, con domicilio en Prolongación Alberdi N° 33, Barrio Radio Estación, Dpto. Gral. Belgrano, Provincia de Jujuy; Adriana Inés Martínez, DNI N° 23.167.794, argentina, de profesión empresaria, estado civil soltera, nacida el 04 de Julio de 1973, CUIT 27-23.167.794-7, con domicilio en calle Independencia N° 291, 5 to. Piso, Dpto D, Barrio Centro, Dpto. Gral. Belgrano, Provincia de Jujuy; Viviana Patricia Lucena, DNI N° 26.409.280, argentina, de profesión estudiante, estado civil casada, nacida el 25 de Enero de 1978, CUIT 27-26409280-4, con domicilio en calle 484, casa 1575, Barrio 32 Viviendas SICOM, 150 hectáreas, Alto Comedero, Dpto. Gral. Manuel Belgrano, Provincia de Jujuy; quienes concurren en carácter de únicos Socios de la Sociedad SEMILLA FINANCIERA S.A.S ,con domicilio sede Social en Senador Pérez N 641 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, provincia de Jujuy de esta República Argentina, a mérito del Contrato de Constitución de la Sociedad, de Fecha Catorce días del mes de Abril del año 2026, que se encuentra en trámite de Inscripción en la Dirección Provincial de Sociedades Comerciales bajo expediente N 301-193/2026 y en el carácter de invocados resuelven: PRIMERO: Modificar la cláusula cuarta del Capítulo I y el capítulo VI de las disposiciones transitorias del Contrato social que en lo sucesivo tendrá la siguiente redacción CAPITULO I: DENOMINACION –DOMICILIO –DURACION –OBJETO.- CUARTA: La sociedad tendrá como OBJETO SOCIAL PRINCIPAL: el otorgamiento de préstamos con y sin garantías personales o reales a corto o largo plazo con fondos propios. En este marco la Sociedad no realizará las actividades comprendidas en la Ley de Entidades Financieras, reguladas por la ley 21.526, ni toda otra que requiera la captación de ahorro público. SERAN OPERACIONES SECUNDARIAS: 1) realizar por cuenta propia o de terceros o asociada a terceros la prestación del servicio electrónico de pagos y/o cobranzas por cuenta y orden de terceros, de facturas de servicios públicos, impuestos y otros servicios, así como de todo tipo de obligaciones cuyo cumplimiento se ejecute o resuelva mediante la entrega de sumas de dinero. 2) Otorgar avales, fianzas, u otras garantías por obligaciones de terceros; 3) Tener cajas de seguridad para uso de la clientela; 4°) Recibir bienes inmuebles, muebles o semovientes, en prenda o hipoteca, en garantía de deudas existentes o de créditos que acuerden, o como refuerzos de garantía, por cuenta propia o de terceros; 5) Realizar operaciones en moneda extranjera; 6) Otorgar anticipos sobre créditos provenientes de ventas, adquirirlos, asumir sus riesgos, gestionar su cobro y prestar asistencia técnica y administrativa;10) podrá realizar la comercialización, a contado o a crédito, de bienes muebles, inmuebles y equipamiento productivo y/o prestaciones de servicios que coadyuven al desarrollo de los solicitantes crediticios. La enumeración que antecede no es limitativa pudiendo la sociedad celebrar, por intermedio de sus representantes legales, todos los actos y contratos que directa o indirectamente tiendan a favorecer el desarrollo de sus negocios dentro del objeto social. CAPITULO VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS 1– SEDE SOCIAL: La sociedad decide fijar la sede social en calle Senador Pérez. Nº 641, localidad de San Salvador de Jujuy, Provincia de Jujuy, y constituye domicilio electrónico bajo la siguiente dirección de correo electrónico: semillafinanciera3@gmail.com, el que será valido para todas las notificaciones. SEGUNDO: ratificar lo dispuesto en CAPITULO VI: DISPOSICIONES TRANSITORIAS, punto 4.- AUTORIZACIONES mediante el cual se autoriza a la Contadora Publica Nacional Mónica Adriana Salas, DNI. N° 18.596.756, Matricula Profesional N° MP 911 CPCEJ con domicilio real en Casa 1075, calle 7, Barrio AMPUAP 5 y dirección electrónica: monica@estudiocontablems.com.ar. para realizar todos los trámites legales de constitución e inscripción de la sociedad ante el Registro Público de la Provincia de Jujuy., con facultad de aceptar o proponer modificaciones a este Instrumento constitutivo, incluyendo la denominación social, otorgar instrumentos públicos y/o privados complementarios, aclaratorios o rectificativos, interponer recursos, y solicitar ante la autoridad registral la rúbrica y/o clausura de los libros sociales y contables. Asimismo, se autoriza para realizar todos los trámites que sean necesarios ante Agencia de Recaudación y Control Aduanero (A.RC.A.), Dirección Provincial de Rentas, y/o todo otro organismo público o privado, quedando facultados incluso para solicitar la publicación del aviso en el diario de publicaciones legales. TERCERO: Quedan subsistentes todas las demás cláusulas y condiciones del Contrato social, en cuanto no resultaron modificadas por el presente.- ACT. NOT. Nº C 00012662- ESC. CAROLINA ALEXANDER- TIT. REG. Nº 62- S.S. DE JUJUY- JUJUY.-

RESOLUCION Nº 438-DPSC-2026- CORRESPONDE A EXPTE. Nº 301-193/2026- ORDENA LA PUBLICACION POR UN DIA EN EL BOLETIN OFICIAL.-

San Salvador de Jujuy, 5 de junio de 2026.-

DR. LUIS RAUL PANTOJA

DIRECTOR PROVINCIAL DE SOCIEDADES COMERCIALES-FISCALIA DE ESTADO

  • 24 JUN. LIQ. Nº 44258 $2.800,00.-