BOLETIN OFICIAL Nº 73 – 24/06/2026

Las Ordenanzas que preceden fueron promulgadas de acuerdo a lo dispuesto en el Art. 50- PUBLICACION: Las Ordenanzas serán publicadas por el Departamento Ejecutivo dentro de los diez días hábiles de su promulgación y en su defecto por orden del Presidente del Concejo…”; es necesario dar publicación a las normativas que rigen en nuestra ciudad.- Se publicaran en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy, las siguientes Ordenanzas Nº: 1.992 y 1.993, todas del año 2026.-

Mario Alfredo Abraham

Presidente.-