BOLETÍN OFICIAL Nº 144 – 26/12/2003

Seguidamente se pasa al punto dos del Orden del Día; El socio RIOJA

Guido Rolando pone a consideración de los demás socios una propuesta alternativa para la adquisición de las quinientas dieciséis (516) cuotas sociales que correspondían en total a los socios MACHACA Raúl, QUIROGA Néstor Alejandro y CANAZA Ricardo Roberto a la aprobada el 23 de agosto del presente año (ACTA Nº 19) y por la cual se había decidido se adquiere en partes iguales por los actuales socios ejerciendo el derecho de preferencia que consagra el Art. 152 párrafo 4º de la Ley de Sociedades.————————

Luego de un intercambio de opiniones, teniendo en cuenta las pasibilidades económicas de los eventuales adquirientes, a fin de evitar un endeudamiento y conforme a la evolución de la Sociedad, se acuerdan en definitiva que una parte de las cuotas se cancelen mediante el procedimiento de reducción de Capital social y el saldo sea adquirido por parte de los socios que permanecen en la sociedad con utilidades pendientes de la liquidación.—-

En tal sentido, conforme las condiciones previstas para la compra de las cuotas sociales del socio MACACHACA Raúl se dará de baja el vehículo marca Mercedes Benz dominio BJR 137 equipado con un hidroelevador marca HIDROGRUBERT, modelo 1.997, en cual integraba parte del Capital en especie según fue aprobado por el ACTA Nº2 de la fecha 9 de junio de 1.997, hecho que importa una reducción del Capital Social de $15.620,00. Asimismo, se acuerda que la reducción del Capital Social sea en total de $60.000 (pesos sesenta mil). Por lo tanto, dado que el precio pactado para adquisición de las cuotas sociales correspondientes a los socios QUIROGA Néstor Alejandro, MACHACA Raúl y CANAZA Ricardo Roberto en de $ 135,000.-. (pesos ciento treinta y cinco mil) en total, cada unos de los socios deberá aportar de sus utilidades pendientes de distribución y las que correspondan distribuir en el futuro y hasta la total cancelación del precio establecido – la suma de pesos DIECIOCHO MIL SETECIENTOS CINCUENTA ($18.750.-) hasta completar la cantidad de pesos SETENTA y CINCO MIL ($75.000). La propuesta es aprobada por unanimidad y en consecuencia de capital Social queda reducido a la suma de pesos OCHENTA MIL ($ 80.000.-) y totalmente integrado por el socio ROJAS Guido Rolando y CHOQUEVILCA Antonio Alberto en partes iguales, siendo titulares cada unos de ellos de dos mil cuotas sociales de pesos Diez cada una que representa la suma de pesos VEINTE MIL ($20.000.-) . Inmediatamente de pasa a tratar el punto tres del ORDEN del día.

El socio CHOQUEVILCA Antonio Alberto pone en conocimiento de los demás socios sobre el traslado de las oficinas al edificio en donde funciona el local comercial y es necesario actualizar el domicilio legal de la sociedad o “domicilio Social” y propone en tal sentido que la cláusula “Primera” del Contrato Social quede redactada de la siguiente manera “PRIMERA: DENOMINACIÓN: DOMICILIO” :”La sociedad girará en esta plaza bajó la razón social “EL CHAÑI SOCIEDAD de RESPONSABILIDAD LIMITADA”, fijando domicilio en esta ciudad, actualmente en Avenida Pueyrredon Nº 709 del barrio Lujan, pudiendo establecer sucursales, agencia y/o representaciones en cualquier punto de país o del extranjero, La propuesta es aceptada por unanimidad quedando realizar las comunicaciones correspondientes del cambio de domicilio, dando baja al anterior de Calle Humahuaca Nº 104.——–

Respecto de las cláusulas “CUARTA” en virtud de la reducción de capital y la adquisición de Cuotas Sociales, el socio RIOJA Guido Rolando solicita que la misma quede redactada de la siguiente forma: “CUARTA: CAPITAL SOCIAL”: “El Capital Social se fija en la suma de pesos OCHENTA MIL ($80.000.-) formado por ocho mil (8.000) cuotas de capital de pesos DIEZ ($10.-) Cada una suscriptas e integradas por los socios en partes iguales, a razón de dos mil (2.000) cuotas cada uno. Puesta a consideración de los socios la propuesta es aceptada por todos, pasando luego a tratar las modificaciones de cláusulas “DUODÉCIMA”.——— Con respecto a la cláusula duodécima, el socio RIOJA Guido Rolando manifiesta que dado que los señores QUIROGA Néstor Alejandro; MACHACA Raúl y CANAZA Ricardo Roberto han dejado de pertenecer a la sociedad y de acuerdo a lo conversado anteriormente con los demás socios sería conveniente que la administración y representación de la empresa la ejerciera un solo socio en calidad de “GERENTE”.————– El socio CHOQUEVILCA Antonio Alberto manifiesta que el gerenciamiento por un solo socio dará mayor agilidad a los movimientos comerciales de la empresa, pero las políticas de la misma la deben fijar en común acuerdo con todos los socios en reuniones periódicas a determinar a fin de que el socio Gerente se sienta acompañado y respaldado por los demás socios, el socio ESCALIER Oscar Anastasio manifiesta que si bien la representación la ejerciera uno solo de los socios es necesario determinar claramente los objetivos, inversiones, gastos, etc. Por escrito de tal manera que todos los socios participen en las decisiones de la sociedad. Después de un análisis de las conveniencias enunciadas para la empresa de común acuerdo con todos los socios la cláusula citada quedará redactada de la siguiente forma: “DUODÉCIMA: ADMINISTRACIÓN Y REPRESENTACIÓN”: La Administración y Representación de la Sociedad será ejercida por un socio con el cargo de GERENTE, el que durará dos años en sus funciones, pudiendo ser reelegido. El Gerente tendrá la representación legal de la sociedad y tendrá la remuneración que fije la reunión de Socios”.——————-

Quedan por lo tanto aprobada por unanimidad las modificaciones de las cláusulas Primera, Cuarta, y Duodécima, según lo propuesto por los socios. —

Asimismo, el socio CHOQUEVILCA Antonio Alberto propone que habiendo cesado de hecho en sus funciones la cual Gerencia Colegiada se elija en este mismo acto al socio encargado de representar a la sociedad y propone para tal responsabilidad al socio RIOJA Guido Rolando, puesta consideración de los demás socios la propuesta es aceptada por todos por lo tanto a partir de la fecha se designa como GERENTE de la empresa EL CHAÑI S.R.L. al Sr. RIOJA GUIDO ROLANDO; DNI: Nº 10.007.773.—————————————–

No existiendo más temas a tratar se dá por finalizada la asamblea Extraordinaria siendo la 22 hs. del día 13 de noviembre de 2.003 en el lugar del encabezamiento y en conformidad firman todos los socios. ————–