BOLETÍN OFICIAL Nº 141 – 19/12/2003
CLAUSULA MODIFICATORIA AL CONTRATO DE CONSTITUCIÓN SOCIAL DE NUEVA FARMACIA EL AGUILA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE.-
/// En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, Capital de la Provincia de Jujuy, República Argentina, a los quince días del mes de Noviembre del año dos mil tres, entre el Sr. DIEGO ROBERTO REINHOLD, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 28.073.395, de profesión comerciante, soltero, domiciliado en calle Güemes Nº 1038 de ésta Ciudad Capital, por una parte; y por la otra el Sr. ALFREDO EDUARDO HANSEN, argentino, Documento Nacional de Identidad Nº 07.287.654, de profesión farmacéutico, divorciado, domiciliado en calle Tandil Nº 7 de la Ciudad de Palpalá, Prov. de Jujuy, ambos mayores de edad, convienen en celebrar la presente CLAUSUA MODIFICATORIA AL CONTRATO DE CONSTITUCIÓN SOCIAL DE NUEVA FARMACIA EL AGUILA, el que se regirá bajo las siguientes cláusulas y condiciones: ————————————————-
PRIMERO: La cláusula PRIMERA del Contrato de Constitución Social de Nueva Farmacia El Águila, quedará redactada de la siguiente forma: La sociedad girará en plaza bajo la denominación de NUEVA FARMACIA EL AGUILA SOCIEDAD EN COMANDITA SIMPLE, sin perjuicio de explotar la misma bajo otro nombre de fantasía.—————–
SEGUNDO: En este acto las partes contratantes facultan a los abogados Alejandro Hugo Dominguez y/o Pablo Marcelo Menéndez, para que cualquiera de ellos en forma conjunta, alternada o indistinta tramiten la inscripción en los Registros correspondientes.———————————
Previa lectura y ratificación, firman los comparecientes los ejemplares de ley.-
Escribano Carolina Alexander
Actuación Notarial A-00289290
Ordenase la publicación en el Boletín Oficial por un día de conformidad al Art. 6 y 14 de la Ley 19550. San Salvador de Jujuy, 25 de Noviembre de 2003.
NESTOR ANTENOR SANCHEZ MERA
Juzg. de Comercio Pcia. de Jujuy
Dic.19-Liq.31304-$49,70








