BOLETÍN OFICIAL Nº 140 – 17/12/2003

DRA. MARIA DEL CARMEN G. C. DE PUCH, JUEZ del Tribunal de Familia – Vocalia III, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-92560/02, caratulado: EJECUCIÓN DE SENTENCIA. ERAZO LILIANA c/ PADILLA FRANCISCO ARNALDO, cita y emplaza y hace saber al SR. FRANCISCO ARNALDO PADILLA que en lo autos de referencia se ha dictado el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Marzo de 2003. atento a las constancias de autos y a lo establecido por los Art. 472, 476 y 480 del C.P.C., líbrese mandamiento de intimación de pago, ejecución y embargo en contra de FRANCISCO ARNALDO PADILLA hasta cubrir las sumas de Pesos Ochocientos ($800) en concepto de capital reclamado con mas le de Ciento Sesenta ($160) calculada para responder ulteriores del juicio. Acto seguido se lo cítara de REMATE para que dentro del término de CINCO DIAS, comparezca ante este Tribunal y Vocalia a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante la ejecución. Por el mismo término intímeselo a constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 Km. Del asiento de este Tribunal de Familia, sito en General Paz Nº 625, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por ministerio de ley todas las resoluciones posteriores, cualquiera sea su naturaleza conforme lo dispuesto por los Art. 52 del Ítem. Notifíquese Ofíciese. FDO. DRA. MARIA DEL C.G.C. DE PUCH, JUEZ, ante mi: VICTORIA PARRADO, Secretaria.

Publíquese edictos en un diario local y el Boletín Oficial por TRES VECES EN CINCO DIAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 Setiembre de 2003.

Dic.17/19/22-Liq.31286-$8,70