BOLETÍN OFICIAL Nº 139 – 15/12/2003
DECRETO ACUERDO Nº 7556 – H – 03
SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 DE AGOSTO DE 2003
EXPTE. Nº 500-1136 / 2003
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
EN ACUERDO GENERAL DE MINISTROS
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Modificase el Artículo 4º del Decreto Acuerdo Nº 7551-H-2003, el que quedará redactado de la siguiente manera:
“Artículo 4º.- Ordenase que la asistencia dispuesta por Decreto Acuerdo Nº 7551-H-2003 se hará efectiva, exclusivamente a favor de aquellos peticionantes que se hubieren inscripto en el “Padrón de Bajas” creado por el Artículo 1º del mencionado dispositivo y previo cumplimiento del siguiente requisito:
a)-Suscripción de solicitud de pago de la Asistencia Financiera Transitoria ante el Ministerio de Hacienda, la que deberá contener la aceptación por parte del solicitante de los términos y condiciones en que la misma se abonará.”.
Dr. EDUARDO ALFREDO FELLNER
Gobernador
Lic. MIGUEL ALFONSO RIOJA
Ministro de Hacienda
CPN ARMANDO RUBEN BERRUEZO
Ministro de Gobierno, Justicia y Educación
Ing. CESAR RENE MACINA
Ministro de la Producción, Infraestructura y Medio Ambiente








