BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 05/12/2003

DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº2, Secretaria Nº 4, en el Expte. Nº B-91801/02, EJECUTIVO: EDITORA S.A. c/ CANAVIRE SUSANA LUISA, notifica por este medio, a la demandada SUSANA LUISA CANAVIRE, la siguiente RESOLUCION: /// SAN SALVADOR DE JUJUY3 de Noviembre de 2003. AUTOS Y VISTOS . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: 1.- Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por EDITORA S.A., en contra de SUSANA LUISA CANAVIRE, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS CUATROCIENTOS ($400), con mas los intereses que correspondan desde la mora y hasta el efectivo pago de adeudado y por tratarse de una operación de naturaleza comercial, corresponde aplicar la tasa activa que fija el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuento de documentos comerciales desde la mora y hasta su efectivo pago. 2 .- Imponer las costas a la parte vencida (Art.102 del C.P.C.) 3 .- Regular los honorarios profesionales del DR. JORGE A. RIPOLL, por la labor desarrollada en autos, en la suma de PESOS CUATROCIENTOS CINCUENTA ($450), en su calidad de patrocinante, por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución, a los que se le aplicarán los mismos intereses que al capital con mas IVA si correspondiere. 4 .- Hacer efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de la demandada, notificándose la presente resolución por EDICTOS y las posteriores por Ministerios de Ley (Art. 52 del CPC). 5 .- notificar, agregar copia en autos, protocolizar. FDO. DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ ante mi: DRA. FLORENCIA CARRILLO. ES COPIA.

Publíquese edictos en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

Se la hace saber que los términos se comenzarán a contar a partir de la última publicación.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 de Noviembre de 2003.-

Dic.5/10/12-Liq.31196-$8,70