BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 05/12/2003

DECRETO Nº 8025-H/2003.-

SAN SALVADOR DE JUJUY,17NOV.2003.-

EXPTE. Nº 500-1577/2003.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Autorízase al INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY, en su calidad de fiduciante del Fondo Fiduciario para la Vivienda, a que realice los trámites necesarios para la liquidación del fideicomiso suscripto con el Banco Macro S.A. mediante Escritura Nº 284/00.-

ARTICULO 2º.- Dispónese que los fondos remanentes del Fondo Fiduciario para la Vivienda se depositen en una cuenta especial, habilitada a tal efecto en el Banco Macro S.A., a favor del Gobierno de la Provincia de Jujuy orden Contaduría y Tesorería de la Provincia.-

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR.