BOLETÍN OFICIAL Nº 136 – 05/12/2003
DECRETO Nº 8025-H/2003.-
SAN SALVADOR DE JUJUY,17NOV.2003.-
EXPTE. Nº 500-1577/2003.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Autorízase al INSTITUTO DE VIVIENDA Y URBANISMO DE JUJUY, en su calidad de fiduciante del Fondo Fiduciario para la Vivienda, a que realice los trámites necesarios para la liquidación del fideicomiso suscripto con el Banco Macro S.A. mediante Escritura Nº 284/00.-
ARTICULO 2º.- Dispónese que los fondos remanentes del Fondo Fiduciario para la Vivienda se depositen en una cuenta especial, habilitada a tal efecto en el Banco Macro S.A., a favor del Gobierno de la Provincia de Jujuy orden Contaduría y Tesorería de la Provincia.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR.








