BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 03/12/2003
DECRETO Nº 8007-H/2003.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV.2003.-
EXPTE. Nº 0516-1580/01.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.- Apruébase el Plano de Mensura de Fracción y Anteproyecto de Loteo proyectado sobre el inmueble de propiedad de ERNESTO CARLOS CORMENZANA y ZULEMA VICTORIA PARISI DE CORMANZANA, individualizado como Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 743, Padrón A-73813, ubicado en Bajo la Viña, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, según dominio inscripto en Matricula A-43024.
ARTICULO 2º.- En la oportunidad de presentar el proyecto definitivo el interesado deberá:
Cumplimentar las disposiciones de la Ley 2903/72 de Fraccionamiento de Tierras y las normas y prácticas vigentes en la Dirección General de Inmuebles sobre la materia.
Tener ejecutado y aprobados por los organismos competentes las obras y servicios básicos de acuerdo con el Art. 26 de la Ley 2903/72.
Conforme lo establece el Art. 26 de la Ley 2903/72, hasta tanto no se apruebe la presentación definitiva del Plano de MENSURA Y ANTEPROYECTO DE LOTEO los titulares no podrán vender lotes resultantes del fraccionamiento cuyo anteproyecto se aprueba mediante el presente decreto.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR.








