BOLETÍN OFICIAL Nº 135 – 03/12/2003

DECRETO Nº 8007-H/2003.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 17 NOV.2003.-

EXPTE. Nº 0516-1580/01.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Apruébase el Plano de Mensura de Fracción y Anteproyecto de Loteo proyectado sobre el inmueble de propiedad de ERNESTO CARLOS CORMENZANA y ZULEMA VICTORIA PARISI DE CORMANZANA, individualizado como Circunscripción 1, Sección 7, Parcela 743, Padrón A-73813, ubicado en Bajo la Viña, Dpto. Dr. Manuel Belgrano, según dominio inscripto en Matricula A-43024.

ARTICULO 2º.- En la oportunidad de presentar el proyecto definitivo el interesado deberá:

Cumplimentar las disposiciones de la Ley 2903/72 de Fraccionamiento de Tierras y las normas y prácticas vigentes en la Dirección General de Inmuebles sobre la materia.

Tener ejecutado y aprobados por los organismos competentes las obras y servicios básicos de acuerdo con el Art. 26 de la Ley 2903/72.

Conforme lo establece el Art. 26 de la Ley 2903/72, hasta tanto no se apruebe la presentación definitiva del Plano de MENSURA Y ANTEPROYECTO DE LOTEO los titulares no podrán vender lotes resultantes del fraccionamiento cuyo anteproyecto se aprueba mediante el presente decreto.-

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR.