BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/14
EXPTE. Nº 714-2718/13.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Imprímase a la presentación efectuada por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. DELIA VALERIA AVENDAÑO, D.N.I. Nº 13.550.403, el trámite de reclamación administrativa previa, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
ARTICULO 2º.-Como consecuencia de lo dispuesto en el artículo precedente, recházase por improcedente la reclamación administrativa previa interpuesta por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de la Sra. DELIA VALERIA AVENDAÑO, D.N.I. Nº 13.550.403, de conformidad a lo sugerido a fs. 06 por Asesoría Legal de Fiscalía de Estado.-
ARTÍCULO 3º.–Déjase establecido que el presente decisorio, no importa rehabilitar plazos vencidos y/o instancias administrativas inexistentes, caducas o precluídas.-
ARTICULO 4º.-Opóngase en forma subsidiaria la defensa de prescripción, con fundamento en el principio de eventualidad procesal, de conformidad a lo expresado en el exordio.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR