BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/14
EXPTE. Nº 200-46/13 y Agdos. Nº 700-150/13, Nº 715-1697/12, Nº 715-1695/12 y Nº 715-1698/12.-
SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2014.-
EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA
DECRETA:
ARTICULO 1º.-Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de las Sras. BERTA BENANCIA ARJONA, D.N.I. Nº 4.891.567; ROSALIA LORA, D.N.I. Nº 4.141.179 y ESTEFA TOLABA, D.N.I. Nº 4.661.344, en contra de la Resolución Nº 10837-S-13, emitida por el entonces Ministro de Salud en fecha 05 de febrero de 2.013, por las razones expuestas en el exordio.-
ARTÍCULO 2º.–Déjase establecido que el presente decisorio, no importa rehabilitar plazos vencidos y/o instancias administrativas inexistentes, caducas o precluídas.-
ARTICULO 3º.-Opóngase en forma subsidiaria la defensa de prescripción, con fundamento en el principio de eventualidad procesal.-
EDUARDO ALFREDO FELLNER
GOBERNADOR