BOLETÍN OFICIAL Nº 73 – 04/07/14

Icon_PDF_6DECRETO Nº 4894-S.-

EXPTE. Nº 200-46/13 y Agdos. Nº 700-150/13, Nº 715-1697/12, Nº 715-1695/12 y Nº 715-1698/12.-         

SAN SALVADOR DE JUJUY, 11 JUN. 2014.-

EL GOBERNADOR DE LA PROVINCIA

DECRETA:

ARTICULO 1º.-Recházase el Recurso Jerárquico interpuesto por el Dr. Aníbal Massaccesi, en su carácter de Apoderado Legal de las Sras. BERTA BENANCIA ARJONA, D.N.I. Nº 4.891.567; ROSALIA LORA, D.N.I. Nº 4.141.179 y ESTEFA TOLABA, D.N.I. Nº 4.661.344, en contra de la Resolución Nº 10837-S-13, emitida por el entonces Ministro de Salud en fecha 05 de febrero de 2.013, por las razones expuestas en el exordio.-

ARTÍCULO 2º.Déjase establecido que el presente decisorio, no importa rehabilitar plazos vencidos y/o instancias administrativas inexistentes, caducas o precluídas.-

ARTICULO 3º.-Opóngase en forma subsidiaria la defensa de prescripción, con fundamento en el principio de eventualidad procesal.-

 

EDUARDO ALFREDO FELLNER

GOBERNADOR