BOLETÍN OFICIAL Nº 129 – 19/11/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6, SECRETARIA Nº 12, de las Provincia de Jujuy, en el Expte.NºB-92222/02, caratulado: EJECUCIÓN HIPOTECARIA ESTADO PROVINCIAL c/ VARGAS CARLOS ALBERTO hace saber al demandado SR. CARLOS ALBERTO VARGAS que se ha dictado la siguiente resolución: San Salvador de Jujuy, 19 de Setiembre del 2003. AUTOS Y VISTOS . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: 1º) Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el Estado Provincial en contra de Vargas Carlos Alberto hasta hacerse el acreedor del integro pago de la suma de $ 12.073 (doce mil setenta y tres pesos), con mas las costas del juicio y en interés de la tasa activa que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuentos comerciales, con mas un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada desde la mora y hasta el efectivo pago, mas IVA si correspondiere. 2º) Imponer las costas al demandado vencido (art.102 del C.P.C.) 3º) Regular los honorarios profesionales del Dr. Miguel Angel Geronimo en la suma de $ 1.775 (mil setecientos setenta y cinco pesos) fijados a la fecha por la labor desarrollada en autos, los que devengarán un interés igual que el dispuesto para el capital desde igual época pero hasta la fecha de la sentencia. De ahí en mas y solo en caso de mora devengará un interés conforme a la tasa pasiva que fija diariamente en Banco Central de la República Argentina la que será calculada por el procedimiento establecido en la Acordada Nº 5/96 del Superior Tribunal de Justicia hasta el 29 de octubre de 2002 (L.A. Nº 45, Fº 977/978 Nº 429) y a partir de allí con la formula que establece el comunicado 14290 del Banco Central de la República Argentina ello a fin de dar verdadero cumplimiento con la doctrina de nuestro Superior Tribunal de Justicia sobre intereses hasta su efectivo pago con mas IVA si correspondiere. 4º) Notificar por cédula, edictos y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (art. 154 del C.P.C.) 5º) protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.
FDO. DRA. MARIA C. MOLINA LOBOS, JUEZ Ante mi: DRA. MARIA SOL ZURUETA, Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y en un diario de circulación local, TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 25 de Setiembre de 2003.-
Nov.19/21/24-Liq.31100-$8,70








