BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 17/11/2003
DR. DOMINGO ANTONIO MASACESSI, Vocal Pte. de Trámite de la Sala II del Tribunal de Trabajo, en el Expte.NºB-62649/00, caratulado: COBRO DE INDEMNIZACION: JOSE GABRIEL DIAZ, JOSE VERON y OTROS c/ LA CABAÑA S.A., hace saber la siguiente Resolución: San Salvador de Jujuy, 15 de Setiembre de 2003.- AUTOS Y VISTOS . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: 1º .- Hacer lugar a la demandada deducida por JOSE GABRIEL DIAZ, JOSE V. VERON y otros contra LA CABAÑA S.A. por indemnización por despido y otros rubros, condenándose a estos últimos a abonar a los primeros de los la suma de $ 31.539,39 calculada al 22/7/2003( mas la tasa pasiva promedio desde que los mismos fueron debido y hasta su efectivo pago calculada aplicando lo dispuesto por la acordada 5/96 hasta el 29/12/2002 y desde el 31/12/2003 el procedimiento establecido por la comunicación Nº14290 del BCRA). Todo conforme la siguiente discriminación: JOSE GABRIEL DIAZ $ 9.178,31; JACINTO URZAGASTI $ 7.192,80; SERGIO BASILIO SEGUNDO $ 7.756,57 y JOSE VICTORIANO VERON $ 7.411,71; todo conforme se indica en el primer voto del acuerdo.- 2º) Regular al DR. FACUNDO VARGAS DURAN la suma de $ 9.653,00 por la labor cumplida en el principal y cautelar, conforme se indica en los considerandos (Art. 2,3,4,5,6,7,8,18 y cons. De la Ley 1687/46 y Art. 8 de la Ley 24432). No esta incluido el IVA.- 3º .- Costas a la vencida (Art. 95 del C.P.T.). 4º .- Hacer saber, agregar copia en autos etc.- FDO. DR. DOMINGO ANTONIO MASACESSI – Vocal Pte. de Trámite y Dr. ENRIQUE GUZMAN y RICARDO R, CHAZARRETA – VOCALES. Ante mi: DRA. SUSANA MABEL FARFAN – Secretaria.- Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.
SAN SALVADOR DE JUJUY, 30 de Octubre de 2003.-
Nov.14/17/19-$8,70








