BOLETÍN OFICIAL Nº 128 – 17/11/2003
EL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº6, SECRETARIA Nº11, en Expte.NºB-43683/99, caratulado: PREPARA VIA EJECUTIVA: BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY ENTE RESIDUAL c/ VIVAS FRANCISCA ENCARNACIÓN – DAVALOS LEONCIO, le hace saber a SR. FRANCISCA ENCARNACION VIVAS que se ha dictado el siguiente decreto: /// San Salvador de Jujuy, 22 de Octubre de 2003.- VISTOS . . .CONSIDERANDO. . . RESUELVE: 1º .- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por el BANCO DE LA PROVINCIA DE JUJUY – ENTE RESIDUAL, en contra de FRANCISCA ENCARNACION VIVAS y LEONCIO DAVALOS, hasta haserce el acreedor integro pago de la suma de PESOS CUATRO MIL CUATROCIENTOS OCHENTA Y SIETE CON 38/100 CTVS. ($ 4.487,38), con mas las costas del juicio y el interés a la tasa activa promedio que el Banco de la Nación Argentina cobra en sus operaciones de descuento de documentos comerciales y con mas un interés punitorio equivalente al 50% de la tasa mencionada, desde la mora y hasta su efectivo pago, mas IVA si correspondiere.- 2º .- Imponer las costas a la demandada (Art. 102 del C.P.C.).- 3º .- Regular los honorarios profesionales de los Dres. GUILLERMO RAUL JENEFES y MARIA FERNANDA MEYER en la suma de PESOS DOSCIENTOS VEINTE ($220.-) y PESOS CUATROCIENTOS CUARENTA ($440.-), como procurador y patrocinante respectivamente, por su labor desarrollada en autos, importe que devengará un interés igual a la tasa consignada para el capital, desde igual época, pero hasta la fecha de la sentencia. De ahí en mas y solo en caso de mora devengará interés conforme a la tasa pasiva promedio que fija diariamente el B.C.R.A. la que será calculada por el procedimiento establecido en la Acordada Nº 5/96 del Superior Tribunal de Justicia, HASTA EL 29 DE OCTUBRE DEL 2002 ( L.A. Nº45, Fº 977/978, Nº429) y a partir de allí con la formula que establece el comunicado Nº14290 del Banco Central de la República Argentina, ello a fin de dar verdadero cumplimiento con la doctrina sobre intereses, hasta su efectivo pago, mas IVA si correspondiere.- 4º .- Notificar por cédula al demando LEONCIO DAVALOS y por edictos a la demandada FRANCISCA ENCARNACION VIVAS y en lo sucesivo por Ministerio de Ley (Art. 154 del C.P.C.). 5º .- Protocolizar, agregar copia en autos y hacer saber.- FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS – JUEZ ANTE MI: DRA. MARIA SUSANA ZARIF – SECRETARIA. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 28 de Octubre de 2003.-
Nov.14/17/19-$8,70








