BOLETÍN OFICIAL Nº 127 – 14/11/2003

DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA, Juez del Juzgado de Primera Instancia Civil y Comercial Nº 9, Secretaria Nº 18 del Centro Judicial San Pedro, hace saber que en el expediente Nº A-20142/03, caratulado, Concurso Preventivo solicitado por el Club Social y Deportivo “ Manuel Belgrano”, se ha dictado la siguiente providencia: San Pedro de Jujuy, 24 de Octubre de 2003. AUTOS Y VISTOS . . .RESULTA . . . Y CONSIDERANDO . . .RESUELVO: I.- Declarar la apertura del Concurso Preventivo de CLUB SOCIAL Y DEPORTIVO “ MANUEL BELGRANO”, con domicilio en calle Miguel Araoz 433 de la ciudad de san Pedro de Jujuy, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de este pronunciamiento, el que tramitara por las normas aplicables a los pequeños concursos (art. 288,289 y cctes de la Ley 24522). II .- Fijar audiencia a los efectos del sorteo del Sindico que será elegido sobre la base del listado pertinente correspondiente al Juzgado, para el día 13 de Noviembre de 2003, a horas 10,00, en la Secretaria de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia de San Salvador de Jujuy. III .- Establecer que el día 13 de Febrero de 2004 vencerá el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al sindico. Establecer que el día 01 de Abril de 2004 deberá la sindicatura los informes individuales y que el día 26 de Mayo de 2004 deberá dicho órgano presentar el informe general. IV .- Ordenar la publicación de edictos en la forma y por el plazo dispuesto por el Artículo 27 de la Ley 24522 en el Boletín Oficial de Jujuy y en un diario local. V .- Ordenar al deudor que mantenga los libros legales denunciados en la sede de la administración hasta tanto la Secretaria interviniente se constituya a los fines dispuestos por el inciso 5 del artículo 14 de la ley 24522, lo que deberá ocurrir dentro del plazo de tres días de notificado la presente resolución. VI .- Librar oficio a la secretaria Única a cargo del Registro Publico de Comercio, ordenándole la anotación de la apertura del concurso en el Registro de Concursos o quiebras anteriores. VII .- Disponer la inhibición general para vender o gravar bienes registrables de la concursada y librar oficio al Registro inmobiliario, del automotor y prendario para la anotación de dicha medida. VIII .- Intimar a la concursada para que dentro de los tres días de notificada deposite en el Juzgado y Secretaria del concurso la suma de pesos cien ($100), que se estima provisoriamente para responder a los gastos de correspondencia. IX .- Citar a los interesados a la audiencia informativa prevista en el inciso 10 del ara14 de la ley 24522, la que se realizará el día 22 de octubre de 2004 a horas 09,00 y en concordancia, fijar el plazo de vencimiento del periodo de exclusividad en el día 29 de octubre de 2004. X .- Ordenar la remisión a este Juzgado y Secretaria de todos los juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra de la concursada, salvo los procesos de expropiación y los que se fundan en las relaciones de familia. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial en contra la concursada, por causa o título anterior, salvo las que no sean susceptibles de suspensión según el inciso 1º del Art. 21 de la Ley 24522. librar oficios. XI .- Conceder al presentante un plazo de DIEZ DIAS para que el interesado de cumplimiento total a las disposiciones del Art.11 (art.11 LQC) y conceder al presentante un plazo de TREINTA DIAS para acompañar constancia de la resolución de continuar el trámite , adoptado por la asamblea, reunión de socios u órgano de gobierno que corresponda con las mayorías necesarias para resolver asuntos ordinarios de la petición, bajo apercibimiento de la aplicación de lo previsto en el último párrafo del Art. 6º. XII .- Agregar copia en autos, notificar, hacer saber a la Excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy, protocolizar, etc. FDO. DR. NORBERTO A. COSTAMAGNA, Juez ante mi: DR. HUGO CESAR MOISÉS HERRERA, Secretario. San Pedro de Jujuy, 27 de Octubre de 2003.-

Nov.5/7/12/14/17-Liq.31013-$14,50