BOLETÍN OFICIAL Nº 125 – 10/11/2003

San Salvador de Jujuy, a los veinticuatro días del mes de Octubre del año dos mil tres, reunidas en Acuerdo las integrantes de la Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, Dras. MONICA JAUREGUI DE LOS RIOS, IRIS ADRIANA CASTRO, MARIA VICTORIA GONZALEZ DE PRADA Y LILIAN EDITH BRAVO, bajo la presidencia de la nombrada en primer término, vieron el Expte. Nº 343/XI/85/95/96, caratulado: “DESIGNACION DE FUNCIONARIOS CONCÚRSALES ARTS. 253, 261, Y 262 DE LA NUEVA LEY DE CONCURSOS Nº 24522”, y

ACORDARON:

1º.- a) Convocar a lo interesados para actuar como SINDICOS CONCÚRSALES ( CATEGORIA B) y a los ESTUDIOS DE CONTADORES (CATEGORIA A); ENAJENADORES ( Martilleros y otros Enajenadores no Martilleros, art. 18 inc. a); b9 y c) del Reglamento, ESTIMADORES (Art. 19 inc. a) y b) del Reglamento) y COADMINISTRADORES, que reúnan los requisitos establecidos por la Ley 24522 a partir del día 01 de Diciembre de 2003 y hasta el último día hábil del mes de Marzo del año 2004, a presentar a esta Cámara las solicitudes de inscripción conforme los reglamentos dictados por la Cámara de Apelaciones a efectos de integrar las listas de los registros previstos en los art. 253, 261, 262 y 259 de la Ley Nº 24522, para actuar como funcionarios en los procesos concúrsales de esta jurisdicción y la de San Pedro de Jujuy.-

b) Las Solicitudes mencionadas deberán ser firmadas ante el secretario de la Cámara y contendrán los datos que se detallan en los Reglamentos, los que serán consignados bajo juramento de decir verdad.-

c) Hacer saber que los requisitos establecidos en los reglamentos dictados por la Cámara de Apelaciones de conformidad a la Ley de Concursos en vigencia, deberán ser acreditados en oportunidad de presentar la solicitud, bajo apercibimiento de tener por no presentada la solicitud de inscripción para desempeñarse como funcionario concursal.-

2º.-a) Fijar el último día hábil del mes de junio del año 2004 a hs. 9,30, para realizar el sorteo correspondiente de los síndicos concúrsales “ categoría B” y estudio de contadores “ categoría A”, admitidos por este Cuerpo y que integrarán las listas en cada juzgado, acto que se llevará a cabo en presencia de la Sra. Presidente de esta Cámara, y/o sus subrogantes legales en su caso, en esta Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de la Provincia de Jujuy, sito en el 6º piso de calle Senador Pérez Nº 319 de esta ciudad.-

b) Para el caso de la jurisdicción de San Pedro de Jujuy, fijar igualmente el último día hábil del mes de Junio del año 2004 a hs. 9,30 para realizar el sorteo de los síndicos concúrsales “categoría B”, inscriptos oportunamente y que integrarán las listas en cada juzgado, acto que se llevará a cabo en la misma forma prevista en el inciso a) de este punto 2º.-

c) Efectuado el sorteo, las listas de Síndicos así constituidas serán remitidas al Superior Tribunal de justicia y distribuidas entre los juzgados para los fines del art. 253, inc. 4º, 5º, 6º, 7º, 8º, y 9º, quedando a partir de esa fecha sin efecto las listas anteriores.-

3º.- Formuladas las nuevas listas de enajenadores, estimadores y coadministradores que prevén los art. 261, 262 y 259 de la L.C., quedan sin efecto las anteriores.

Las nuevas listas deben encontrarse confeccionadas el primer día hábil del mes de junio del año 2004, y la Cámara de Apelaciones enviará dentro del término de diez días hábiles copia de las mismas a los Juzgado Civiles y Comerciales de esta Provincia, al Consejo Profesional de Ciencias Económicas, con incumbencia en finanzas, los martilleros y corredores, respectivamente, puedan consultar las mismas. Sin perjuicio de lo dicho, las listas confeccionadas por este Cuerpo se encontrarán para consulta de los interesados en la secretaria de esta Cámara que en turno corresponda llevar los registros previstos por los art. 253, 261 y 262 de la L.C.-

4º.- Publíquese el presente ACUERDO en el Boletín Oficial y al menos en un DIARIO LOCAL de amplia circulación, por tres veces en cinco días. A tal fin, líbrese oficio al Señor Presidente del Superior Tribunal de Justicia y al Director del Boletín Oficial remitiéndose copia del presente.-

5º.- Notifíquese el presente enviándose copia del mismo al Sr. Presidente del Superior Tribunal de Justicia y por su digno intermedio al Cuerpo pleno; al Consejo Profesional de Ciencias Económicas y por su intermedio a los asociados; al Colegio de Martilleros y por su intermedio a sus asociados; al Registro Publico de Comercio a los efectos de que proceda a hacer saber a los corredores que se encuentren inscriptos en ese Registro.-

6º.- Registrar, agregar copia en autos, etc.-

FDO. DRA. MONICA JAUREGUI DE DE LOS RIOS – PRESIDENTE DE TRAMITE – DRA. IRIS ADRIANA CASTRO – VOCAL – DRA. MARIA VICTORIA GONZALEZ DE PRADA – VOCAL – DRA. LILIAN EDITH BRAVO – VOCAL – ANTE MI: DR. GUSTAVO ARAYA – PRO SECRETARIO.-

Nov.10-S/C