BOLETÍN OFICIAL Nº 120 – 29/10/2003

DR. JOSE LUIS CARDERO, Juez del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaria Nº1, de la Pcia. de Jujuy en los autos B-84725/02, caratulado: APREMIO: DIRECCION PROVINCIAL DE RENTAS – ESTADO PCIAL. c/ DELGADO FIDELIA, hace saber las siguientes providencias: resolución de fs.30: SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 Agosto de 2003. AUTOS Y VISTOS . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: I.- Mandar llevar adelante la ejecución seguida por la DIRECCION DE RENTAS DE LA PCIA., en contra de la demandada SRA. FIDELIA DELGADO, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS TREINTA Y NUEVE MIL CUATROCIENTOS DIEZ CON 83/100 ($ 39.410,83), con mas los intereses que corresponda. II .- Imponer las costas del proceso a la demandada art. 102 del C.P.C.

III .- Diferir la regulación de los honorarios del letrado interviniente hasta que exista planilla de liquidación definitiva Acordada Nº 30/84 del Exmo.S.T.J y deberá dar cumplimiento con la resolución 689 de la A.F.I.P.-D.G.I.. IV .- agregar copia en autos, protocolizar, notificar la presente cédula art. 155, inc.6 del C.P.C. y en lo sucesivo por Ministerio de Ley art. 154 del ídem. FDO. DR. JOSE L. CARDERO, Juez ante mi: DRA. OLGA B. PEREIRA, Sec. Hab. A tales efectos publíquese en un diario local y en el Boletín Oficial por CINCO DIAS. SECRETARIA, 1º DE Setiembre del 2003, Secretaria Habilitada, DRA. OLGA BEATRIZ PEREIRA.

Oct.29/31-Nov.3/5/7-s/c