BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 06/10/2003

El Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº6, Secretaria Nº12, de la Pcia. de Jujuy, en elExpte.NºB-88525/02, caratulado: EJECUTIVO: BANCO MACRO S.A. c/ CIVETTA SERGIO GUSTAVO – PEDRAZA FLORENCIA, hace saber a los demandados SRES. SERGIO GUSTAVO CIVETTA y FLORENCIA PEDRAZA que se ha dictado el siguiente decreto: San Salvador de Jujuy, 2 de Setiembre 2003. Proveyendo al escrito que antecede, atento a lo solicitado, a las constancias de autos y a la demanda ejecutiva deducida por cobro de pesos y lo dispuesto por los art. 472, inc.4, 478 y correlativos del Código Procesal Civil, líbrese en contra de la demandada PEDRAZA FLORENCIA , mandamiento de pago y ejecución por la suma de $ 551,15 en concepto de capital reclamado, con mas la suma de $140.- presupuestada para responder a accesorias legales, intereses y costas del presente juicio. En defecto de pago, cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS, concurra ante este Juzgado en lo Civil y Comercial Nº6, secretaria Nº12, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. En igual plazo que el antes indicado, del pedido de intereses, córrase traslado bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Asimismo, intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de tres kilómetros del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de ser notificado por Ministerio de Ley (art. 52 del Código Procesal Civil). Al efecto, publíquese edictos por el término de ley. Notifíquese. FDO. DRA. MARIA CRISTINA MOLINA LOBOS, JUEZ ante mi: DRA. MARIA SOL ZURUETA, Secretaria. Publíquese en un diario de circulación local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 2 de Setiembre de 2003.

Octubre 1/3/6-Liq.26763-$8,70