BOLETÍN OFICIAL Nº 111 – 06/10/2003

Setiembre 26/29-Oct.1/3/6-s/c

DR. EDUARDO H. CONDE, JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO C.C. Nº8, SEC. Nº16, en el Expte.NºA-20068/03, caratulado: CONCURSO PREVENTIVO, solicitado por SINDICATO DE OBREROS DEL AZUCAR DEL INGENIO RIO GRANDE LA MENDIETA, ha dictado la siguiente resolución: SAN PEDRO DE JUJUY, 25 DE JULIO DE 2003. AUTOS Y VISTOS: . . . RESULTA: . . . Y CONSIDERANDO: RESUELVO: I.-) Declarar la apertura del concurso preventivo del SINDICATO DE OBREROS DEL AZUCAR DEL INGENIO RIO GRANDE LA MENDIETA, con domicilio real en calle Reconquista S/Nº de la localidad de LA MENDIETA, Dpto. San Pedro, Pcia. de Jujuy y domicilio legal constituido en calle Paterson Nº369-A de esta ciudad, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de este pronunciamiento, el que se tramitara por las normas aplicables al pequeño concurso (art.288,289 y ccs. de la Ley 24522). II .-) Fijar audiencia a los efectos del sorteo de Sindico, que será elegido en base al listado pertinente correspondiente al Juzgado, para el día 7 de Agosto de 2003, a hs. 9,00 en dependencias de la Secretaria de Superintendencia del Superior Tribunal de Justicia. III .-) Establecer que el día 6 de Noviembre de 2003, vencerá el plazo para que los acreedores presenten sus pedidos de Verificación de Créditos al Sindico establecer que el día 29 de Diciembre de 2003, deberá la sindicatura presentar los Informes Individuales, y que el día 21 de Marzo de 2004, deberá dicho órgano presentar su Informe General. IV .-) Ordenar la publicación de edictos en la forma y por el plazo dispuestos por el art.27 de la Ley 24522 en el Boletín Oficial de Jujuy y un diario de amplia circulación local. V .-) Ordenar al deudor que mantenga los libros legales denunciados en la sede de su administración hasta tanto la secretaria interviniente se constituya a los fines dispuestos por el inc.5 del art.14 de la Ley 24522, lo que deberá ocurrir dentro del plazo de tres días de notificado el presente auto. VI .-) Librar oficio a la Secretaria Unica a cargo de los Juzgados del Registro Publico de Comercio, ordenándole la anotación de la apertura del concurso en el Registro de Concursos y requerir informe a dicha repartición sobre la existencia de concursos y quiebras anteriores. VII .-) Disponer la inhibición general para vender o gravar bienes registrables de la concursada y librar oficio a los Registros Inmobiliarios y del Automotor y prendario para la anotación de dicha medida. VIII .-) Intimar a la concursada para que dentro de los tres días de notificada, deposite en el Juzgado y Secretaria del concurso la suma de pesos cien ($100) que se estiman provisoriamente como necesaria para atender a gastos de correspondencia. IX .-) Citar a los interesados a la Audiencia Informativa prevista en el inc.10 del art. 14 de la ley 24522, la que se realizará el día 19 de Junio de 2004 a hs 10,00 en dependencias de este Juzgado. Y coherentemente fijar el plazo del Vencimiento del Período de Exclusividad el día 26 de Junio de 2004. X .-) Ordenar la remisión a este Juzgado y Secretaria de todos los Juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra de la concursada, salvo los procesos de expropiación y los que se funden en relaciones de familia. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial en contra de la concursada por causa o titulo anterior a la presentación, salvo las que sean susceptibles de suspensión según el inc. 1 del art. 21 de la ley 24522. Librar los respectivos oficios. XI .-) Agregar copia en autos, notificar, hacer saber a la Excma. Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy, protocolizar, etc. FDO. DR. EDUARDO H. CONDE, JUEZ ante mi: DR. JULIO H. LUNA, Strio. ES COPIA.

SAN PEDRO DE JUJUY, 25 de Julio de 2003.

Octubre 1/3/6/8/10-Liq.26775-$8,70