BOLETÍN OFICIAL Nº 119 – 27/10/2003
JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº1, SECRETARIA Nº2, de la Pcia. de Jujuy, hace saber al Sr. GABRIEL ESTEBAN ROMAROSKI, que en el Expte.NºB-85176/02, caratulado: INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN EXPTE.A-77881/93: CHUCHUY DE VASCONCELLOS EDGARDO c/ ROMAROSKI GABRIEL ESTEBAN, se ha dictado la siguiente resolución; San Salvador de Jujuy, 9 de Octubre de 2003. AUTOS Y VISTOS . . . RESULTA . . . CONSIDERANDO . . . RESUELVE: I.- mandar llevar adelante la presente ejecución seguida por el DR. EDGARDO CHUCHUY DE VASCONCELLOS en contra del Sr. GABRIEL ESTEBAN ROMAROSKI, hasta hacerse el acreedor el integro pago del capital reclamado o sea la suma de PESOS SEISCIENTOS OCHENTA ($ 680.-), dicho monto devengará desde la mora del deudor (art. 509 del C.C.) hasta la fecha de cancelación de la obligación, un interés promedio de la tasa activa que fija mensualmente el Banco Central de la República Argentina, para sus operaciones de descuento de documentos comerciales hasta la fecha del efectivo pago del capital. II .- Imponer las costas del proceso al demandado (art.102 de C.P.C. ) . III .- Diferir la regulación de los honorarios profesionales del letrado interviniente, hasta que exista planilla de liquidación definitiva (acordada Nº30/84 Excmo. S.T.J.) y se de cumplimiento en el presente expediente con la resolución Nº689 de la A.F.I.P. – D.G.I. IV.- Notifíquese la presente resolución al accionado mediante edictos y las futuras por Ministerio de ley. V.- Registrar, agregar copia, hacer saber, etc. FDO. JOSE L. CARDERO, JUEZ ante mi: DRA. MARIANA DEL VALLE DRAZER. Stria.
PUBLIQUESE TRES VECES EN CINCO DIAS
S.S. DE JUJUY, 9 DE OCTUBRE DE 2003.
Oct.27/29/31-Liq.26940-$8,70








