LEY Nº 1096
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1096
ARTICULO 1º.- Declárese al gobierno de la provincia adherido a los
festejos a realizarse con motivo de la celebración del Cincuentenario
de la fundación de la escuela Normal Mixta de esta ciudad.
ARTICULO 2º.- Autorizase al Poder Ejecutivo de la provincia para que
entregue a la Comisión Organizadora de los actos, la cantidad de
Quinientos pesos moneda nacional, por una sola vez, con destino a
ayudar los gastos que se originen.
ARTICULO 3º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley
se hará de Rentas Generales con imputación a la misma.
ARTICULO 4º.- Comuníquese al Poder Ejecutivo etc.
Sala de sesiones Jujuy, Junio 21 de 1.934.
D. SAMORAL R. BIDONDO
Secretario Presidente