BOLETÍN OFICIAL Nº 118 – 24/10/2003

Dra. OLGA del V. VILLAFAÑE, Titular del Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial 2, de la Provincia de Jujuy, Secretaría 3, en el Expte. B-93.308/02 “Ejecutivo: Banco Macro S.A. c/Galián, hace saber a DARÍO FERNANDO GALIAN que se ha dictado la siguiente providencia: “San Salvador de Jujuy, agosto 12 de 2003. Atento lo solicitado y las constancias de autos, hácesese efectivo el apercibimiento oportunamente decretado en contra de DARIO FERNANDO GALIAN, teniéndose por expedita la vía ejecutiva y líbrese mandamiento de pago y ejecución por la suma de pesos Un mil cuatrocientos con 09/100 ($ 1.400.09), en concepto de capital reclamado, con mas la de pesos quinientos noventa ($ 590..-), presupuestada para responder a inte3rese legales y costas del presente juicio Asimismo citaselo de remate para que en el término de CINCO DIAS de notificado de la presente, concurra por ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial, Secretaría 3, a oponer excepciones legitimas si las tuviere bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la presente ejecución. Intimase al demandado para que en el plazo antes fijado constituya domicilio legal dentro del radio de Tres Kilómetros del asiento de este Juzgado bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de la Ley, todas las posteriores resoluciones que se dictaren (Art. 52 de C.P.C.) Al efecto practiquese notificación mediante publicación de edictos según lo prevé el Art. 162 del C.P.C. Fdo., Dra. NORA AIZAMA. Secretarìa.

Publíquese en el Boletín Oficial por Tres Veces en Cinco Días.

San Salvador de Jujuy, 12 de agosto de 2003.

Dra. NORA CRISTINA AIZAMA. Secretaria.

Oct. 22/24/27 Liq. Nº 26.903 $ 8.70