BOLETÍN OFICIAL Nº 74 – 07/07/14

Icon_PDF_6CONCEJO DELIBERANTE

MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN

CIUDAD DE EL CARMEN, 26 JUN. 2.014.-

VISTO:

El expediente Nº 10491/14 iniciado por la Secretaria de Obras y Servicios Públicos, mediante el cual se solicita la adquisición de un tanque atmosférico, el cual obedece a la necesidad de dar solución a los vecinos de nuestra comunidad que aún no cuentan con la red cloacal y brindarles el servicio de desagote de pozo ciego o fosa séptica, que establece el Código Tributario Municipal; así también, el Expediente Nº 10684/14, iniciado por el Secretaria de Gobierno, para la adquisición de un vehículo 0km para desarrollar y colaborar en materia de Seguridad Publica.

CONSIDERANDO:

Que, el Estado Municipal necesita fortalecer su presencia en la vía pública, colaborando con las fuerzas de seguridad de la Provincia de Jujuy, con el objeto de crear mejores condiciones de seguridad y convivencia urbana a través de la prevención, la mediación, la educación, el cumplimiento de las normativas municipales como así también de aquellas normas provinciales o nacionales en las cuales el Estado Municipal es autoridad de aplicación.

Que, surge como una de las demandas prioritarias de la ciudadanía la creación de mejores condiciones de convivencia urbana, lo que obliga a los Órganos de gobierno a realizar acciones tendientes a la prevención y/o resolución de situaciones que, de hecho, ponen en peligro el logro de una razonable convivencia entre los habitantes de nuestra ciudad;

Que, la percepción de inseguridad que existe en nuestra ciudadanía se ve alimentada por la incidencia concreta de prácticas transgresoras de los usos sociales y de las normas establecidas en el ejido urbano y que estas acciones, desarrolladas individual o grupalmente, refuerzan la sensación de vulnerabilidad y desamparo;

Que, la compra de una unidad vehicular, destinado a ser usada para la protección ciudadana y vigilancia de la ciudad, sería un instrumento para potenciar la presencia del Estado en los espacios públicos de la ciudad, frente a cualquier situación de conflicto que se genere en la vía pública;

Que, con el objetivo de mejorar y ampliar los servicios a la comunidad, la Municipalidad de El Carmen realizara la adquisición de un tanque atmosférico de 6.000 litros de capacidad, el cual se encontrara completamente equipado y listo para prestar servicios.

Que, la adquisición de un tanque será de suma utilidad para atender a los vecinos, debido a la creciente demanda del servicio de desagote de pozos ciegos.

Que, se busca con esta nueva adquisición mejorar la calidad de vida de la comunidad de El Carmen.

POR ELLO:

EL CONCEJO DELIBERANTE DE LA MUNICIPALIDAD DE EL CARMEN

SANCIONA CON FUERZA DE ORDENANZA

Nº 638/CD/14

ARTÍCULO 1º: AUTORIZASE el Llamado a Licitación, para el día y hora que por Decreto fije el Departamento Ejecutivo Municipal, para la adquisición de un automóvil 0 km., TIPO FURGÓN, tal como se detalla en el Anexo II.a, destinado a ser usado para la protección ciudadana y vigilancia de la ciudad y un tanque cisterna nuevo, tal como se detalla en el Anexo II.b, destinado a la realización de desagote de fosa séptica o pozo ciego de los ciudadanos de esta ciudad que así lo requieran. Los Llamados a Licitaciones se harán en un todo conforme a las condiciones fijadas en el PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES, PLIEGO DE ESPECIFICACIONES TÉCNICAS, que se adjuntan a la presente y forman parte integrante de la misma, como ANEXOS I, II.a y II.b.-

ARTÍCULO 2º: FIJASE una partida presupuestada equivalente al valor de plaza de las unidades que se pretenden adquirir, provisionalmente se establece el estipulado en el Art. 6 del PLIEGO DE CONDICIONES GENERALES.

ARTÍCULO 3º: La publicación del respectivo Llamado a Licitación se hará por el término de un (1) días en el Boletín Oficial de la Provincia de Jujuy.-

ARTÍCULO 4º: Los gastos que demande la aplicación de la presente se imputarán a la partida de Erogaciones, que el Departamento Ejecutivo está autorizado a crear, asimismo se autoriza al Departamento Ejecutivo a modificar el presupuesto en vigencia a los fines de lograr que la partida creada, a este efecto, tenga los fondos disponibles establecidos en el Art. 6 del Pliego de Condiciones Generales; y luego de adquiridos, el Departamento Ejecutivo deberá de ingresar los bienes al presupuesto en vigencia como Bienes de Uso.-

ARTÍCULO 5º: COMUNÍQUESE, Publíquese y Cumplido Archívese.-

 

Sergio Gabriel Avalos

Presidente

07 JUL. LIQ. Nº 118300 $35,00.-