BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 01/10/2003
DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº2, Secretaria Nº4, en el Expte. NºB-84820/02, caratulado: EJECUTIVO: RIBEIRO S.A. IND. FINAC. Y AGROP. E INDUSTRIAL c/ ALFREDO DANIEL VALDEZ, ordena se notifique al demandado ALFREDO DANIEL VALDEZ, la siguiente RESOLUCION: /// SAN SALVADOR DE JUJUY, 8 SETIEMBRE 2003. AUTOS Y VISTOS . . .CONSIDERANDO . . . RESUELVE: 1º .- Mandar llevar adelante la presente ejecución interpuesta por RIBEIRO S.A.I.F.A.e I., en contra de DANIEL ALFREDO VALDEZ, hasta hacerse el acreedor integro pago del capital reclamado o sea la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSE MIL DOSCIENTOS DIECINUEVE CON CUATRO CTVS. ( U$S 1.219,04), conforme lo manifestado en los considerandos de la presente, con mas los intereses de la tasa activa promedio que publica mensualmente el Banco de la Nación Argentina en sus operaciones de descuentos de documentos comerciales, desde la mora y hasta su efectivo pago de lo adeudado. 2º.- Regular los honorarios profesionales del Dr. DANIEL ROBERTO GUALCHI, por la labor desarrollada en autos, en la suma de DOLARES ESTADOUNIDENSE CIENTO OCHENTA Y DOS CON OCHENTA Y CINCO CTVS. ( U$S 182,85) por los motivos expuestos en los considerandos de la presente resolución a lo que se le aplicarán los mismos intereses que al capital, a partir de que la notificación de la presente resolución quede firme, con mas IVA si correspondiere. 3º .- Imponer las costas a la parte vencida (art. 102 del C.P.C.). 4º.- Hacer efectivo el apercibimiento ordenado oportunamente, notificando la presente resolución por edicto y en lo sucesivo por Ministerio de Ley art. 52 del C.P.C.. 5º .- notificar agregar copia en autos protocolizar. Firmado DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ ante mi: Secretaria DRA. MARIA FLORENCIA CARRILLO. ES COPIA. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS (art.489 del C.P.C.). SAN SALVADOR DE JUJUY, 12 de Setiembre 2003.
Octubre 1/3/6-Liq.26777-$8,70








