BOLETÍN OFICIAL Nº 109 – 01/10/2003

DR. JOSE LUIS CARDERO – Juez de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaria Nº2, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte.NºB-99782/03, caratulado: Ejecutivo BANCO MACRO S.A. c/ MOSSO MONICA ADRIANA, hace saber a la Sra. MONICA ADRIANA MOSSO, que en este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº1, Secretaria Nº2, de la Cdad. de Jujuy, se tramita la presente causa, en la que se dictado el decreto que se transcribe a continuación: San Salvador de Jujuy, 14 de Mayo de 2003.

Por presentado al DR. SERGIO JENEFES, por constituido domicilio legal y por parte con el patrocinio letrado del DR. GUILLERMO JENEFES, como apoderado del BANCO MACRO S.A. a mérito de la copia de sustitución de poder general de amplio de administración y judicial, atento lo dispuesto por los art. 472, 478 y 48 del C.P.C., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de la accionada MONICA ADRIANA MOSSO, por la suma de pesos cinco mil ciento sesenta y tres con cincuenta y cuatro centavos ($ 5.163,54), con mas la de pesos mil quinientos cuarenta y nueve ($ 1.549) presupuestada para acrecidas y costas del presente juicio. En defecto de pago, trábese embargo sobre bienes de propiedad del demandado hasta cubrir ambas cantidades, designándose depositario judicial al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las previsiones y formalidades de ley. Asimismo requiérase la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores y cítaselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del término de cinco días, ante este Juzgado, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. Córrase traslado del pedido de intereses, con las copias respectivas, por igual plazo que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. Por el mismo término intímase a constituir domicilio legal dentro del radio de los 3 km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto en el art. 52 del item. Para el cumplimiento de lo ordenado, comisionase al Sr. Oficial de Justicia con las formalidades de ley. Notifíquese art. 154 del C.P.C. FDO. DR. JOSE L. CARDERO JUEZ, ante mi: DRA. MARIANA DRAZER, Secretaria. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario local y de la Ciudad de San Miguel de Tucumán, por TRES VECES EN CINCO DIAS. SECRETARIA Nº2, DRA. MARIANA DRAZER. SAN SALVADOR DE JUJUY, 9 setiembre de 2003.

Octubre 1/3/6-Liq.26758-$8,70