BOLETÍN OFICIAL Nº 106 – 24/09/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº7, SECRETARIA Nº14, se hace saber que en el Expte.NºB-87246/02 caratulado: EJECUTIVO: RIBEIRO S.A INDUSTRIAL, FINANCIERA, AGROPECUARIA E INMOBILIARIA c/ FERNANDO ARTUNDUAGA y LAURA RODRIGUEZ, se ha dictado la providencia que a continuación se transcribe. San Salvador de Jujuy, 22 de Mayo de 2002. Proveyendo la presentación de fs.10; Por presentado el DR. DANIEL R. GUALCHI, en nombre y representación de la firma RIBEIRO S.A., Industrial, Financiera, Agropecuaria e Industrial, constituido domicilio legal y parte a mérito de la fotocopia juramentada de Poder Gral. para juicios que acompaña. Atento a la demanda ejecutiva por cobro de pesos deducida y lo dispuesto por el Art. 472, inc.4º, 478 y correlativos del C.P.C., líbrese en contra de los demandados FERNANDO ARTUNDUAGA y LAURA RODRIGUEZ en el domicilio denunciado, mandamiento de pago, ejecución y embargo por la suma de PESOS UN MIL CUARENTA Y NUEVE CON 94/100 ($1.094,94) en concepto de capital con mas la de PESOS TRESCIENTOS CATORCE CON 98/100 ($ 314,98) calculadas provisoriamente para acrecidas y costas del juicio. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre bienes muebles de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades. Designase depositario judicial al propio afectado en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las formalidades y prevenciones de ley. Asimismo cíteselo de remate para que en el término de CINCO DIAS , concurra ante este Juzgado de Primera Instancia en lo Civil y Comercial Nº7, Secretaria Nº14, a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Además requiéraele manifestación sobre si los bienes embargados, registran prendas u otros gravámenes y en caso afirmativo exprese monto, nombre y domicilio del acreedor prendario o Juez embargante. Asimismo y también por el mismo plazo señalado se intimará al demandado, para que constituya domicilio legal dentro del radio de los tres Km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificárselo en lo sucesivo por Ministerio de la ley (art.52 del ítem). Haciéndole saber que los días de notificación son los martes y jueves o el siguiente hábil si alguno de ellos fuere feriado. Córrase traslado del pedido de intereses y costas, con las copias respectivas y por igual término que el antes mencionado, bajo apercibimiento de ley. Para el cumplimiento de lo ordenado comisiónase al Sr. Oficial de Justicia con los recaudos legales. Notifíquese y líbrese mandamiento. FDO. DRA. AMALIA INES MONTES, JUEZ ante mi: DRA. MARIA JULIA GARAY – Stria. Publíquese en el Boletín Oficial y un diario de amplia circulación local por TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 19 setiembre de 2003.