BOLETÍN OFICIAL Nº 104 – 19/09/2003
Setiembre 17/19/22-Liq.26645-$8,70
En la Ciudad de San Salvador de Jujuy, a los veintiocho días del mes de Agosto del año dos mil tres, siendo horas diez, se reúnen en el domicilio sito en la calle Coronel Arias N°778 de esta Ciudad, todos los socios de la sociedad denominada RIO DE LA CABAÑA S.R.L., señores CARLOS FERNANDO CALIARI LE 7.046.607, RENY ADRIANA CALIARI DNI 13.550.565 y CARLOS ADOLFO CALIARI DNI17.402.079. Luego de un intercambio de opiniones los socios en forma unánime deciden lo siguiente: 1) Que es objetivo común de los socios continuar con las operaciones comerciales de la firma; 2) Considerando la proximidad al vencimiento del plazo por el cual se constituyera la sociedad se acuerda unánimemente la PRÓRROGA de la sociedad RIO DE LA CABAÑA S.R.L. en los términos del art. 95 párrafo primero de la Ley 19.550 por un plazo de TREINTA AÑOS a partir de la inscripción de la presente acta; 3) A este fin instruir al socio Gerente Carlos Adolfo Caliari para que efectúe todos los trámites tendientes a la inscripción de esta prórroga en el Registro Público de Comercio; 4) Que, no existiendo libro de actas de la sociedad la presente reunión se instrumenta por separado y las firmas son certificadas por escribano público. No siendo para más se cierra la reunión, firmando para constancia los comparecientes, en el lugar y fecha antes indicados, siendo horas diez y treinta minutos.-








