BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 12/09/2003

DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº2, SECRETARIA Nº4, en el Expte. Nº B-87583/02, caratulado: EJECUTIVO; RAFAEL MARCIANI S.A.C.I.F. c/ CABERO FABIAN HECTOR. Por la presente se la notifica del siguiente PROVEIDO: 06 de junio del 2002. 1º .- Por presentado el DR. MARIO ALEJANDRO MAIDANA, por parte y por constituido domicilio legal, en nombre y representación de la firma RAFAEL MARCIANI S.A.C.I.F., a mérito de la copia de Poder Gral. para juicios que acompaña.

2º .- Atento que se esta persiguiendo el cobro de una suma de dinero expresada en dólares estadounidenses, debe aplicársele lo establecido en los art. 1,3,4, y 8 del D.P.E.N. Nº214/02, y sus aclaratorias y modificatorias del decreto ley del P.E.N. Nº320/02, por lo que deben ser convertidas a Pesos ($ 1= y la tasa de interés mínima establecida para los depósitos. 3º.- En consecuencia y atento a lo dispuesto por los art. 472,478 del C.P.C., líbrese en contra del demandado FABIAN HECTOR CABERO, mandamiento de pago ejecución y embargo por la suma de PESOS OCHOCIENTOS SETENTA TRES ($ 873,00), con el efecto establecido en el art. 11 y 19 de la ley Nº25561 con mas el C.E.R. , en concepto de capital, al que se le aplicará la Tasa de interés mínima art. 1,3,4, y 8 dto de ley 214/02 y art.2 decreto ley 320/02, con mas la suma de PESOS QUINIENTOS ($500), calculada para responder a intereses legales y costas del presente juicio. En defecto de pago, cíteselo de REMATE para que oponga excepciones legitimas si las tuviere dentro del plazo de CINCO DIAS de notificado, en el Juzgado Civil y Comercial Nº4, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. 4º.- al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia con facultad de allanar domicilio y hacer uso de la Fuerza Publica si fuere necesario. Asimismo intimase a los demandados para que en el mismo plazo fijado constituya domicilio legal dentro del radio de TRES Km. del asiento del Juzgado, bajo apercibimiento de considerarlo notificado por Ministerio de Ley, todas las posteriores resoluciones que se dicten (art. 52 del C.P.C.) Haciéndole saber que los términos comienzan a contar de la última publicación. Notifíquese art. 154 del C.P.C. FDO. DRA. OLGA VILLAFAÑE DE GRIOT, JUEZ, ante mi: MARIA FLORENCIA CARRILLO. ES COPIA

A tal fin publíquese Edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES en el término de CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 15 DE AGOSTO 2003.

Setiembre 12/15/17-Liq.26609-$8,70