BOLETÍN OFICIAL Nº 101 – 12/09/2003

JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº4, SECRETARIA Nº7, en el Expte. Nº B-99358/03, caratulado: EJECUTIVO: PROVENCRED II SUC. ARG. C/ JOSE ARMANDO SILVA, el siguiente DECRETO: SAN SALVADOR DE JUJUY, 4 ABRIL 2003. Téngase por presentado al DR. BLAS ESTEBAN GONZALEZ GARCIA, en nombre y representación de PROVENCRED II SUC. ARG. A mérito del Poder General para juicios que en fotocopia juramentada acompaña por constituido domicilio legal y por parte. de conformidad a lo previsto por los art. 472,478 y c.c. del C.P.C. ,líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra del demandado JOSE ARMANDO SILVA, en el domicilio denunciado, por la suma de PESOS UN MIL SEISCIENTOS TREINTA Y NUEVE CON CINCUENTA Y NUEVE CENTAVOS ($ 1.639,59) en concepto de capital reclamado, con mas la suma de PESOS CUATROCIENTOS NOVENTA Y UNO CON OCHENTA Y SIETE CENTAVOS ($ 491,87) presupuestada para responder accesorias legales y costas del presente juicio, pesificando el monto reclamado en virtud del decreto 214/02, aclaratoria y modificatoria del Poder Ejecutivo Nacional Nº320/02. En defecto de pago, trábese EMBARGO sobre sus bienes, hasta cubrir ambas cantidades y los que serán denunciados en el acto, designándose depositario judicial, al propio afectado y/o persona de responsabilidad y arraigo, con las prevenciones y formalidades legales. Asimismo cítaselo de REMATE para que en el término de CINCO DIAS concurra ante este Juzgado a oponer excepciones legitimas si las tuviere, bajo apercibimiento de llevarse adelante esta ejecución. Requiérasele manifestación al accionado sobre si los bienes embargados registran prendas u otros gravámenes en su caso indique monto del crédito, nombre y domicilio del acreedor prendario o nombre de Juez embargante. Al efecto comisionase al Sr. Oficial de Justicia con las facultades inherentes al caso. Intímaselo a constituir domicilio legal dentro del radio de 3 km. del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de notificársele las futuras resoluciones, por Ministerio de Ley art. 52 y 154 C.P.C., haciéndoles saber que los días de notificaciones en secretaria son los martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. Notifíquese. FDO. DR. ROBERTO SIUFI, JUEZ ante mi: ESC. NORMA AMALIA JIMENEZ, Secretaria.

Publíquese edictos en el Boletín Oficial y en un diario local por TRES VECES EN CINCO DIAS.

SAN SALVADOR DE JUJUY, 21 AGOSTO 2003.ESC. NORMA AMALIA JIMENEZ, Secretaria.

Setiembre 10/12/15-Liq.26595-$8,70