LEY Nº 1058
LA H. LEGISLATURA DE LA PROVINCIA SANCIONA CON FUERZA DE:
LEY Nº 1058
ARTICULO 1º.- Regulase los horarios del señor Zenarrusa como
secretario de la Comisión Investigadora en el juicio político al Juez
Dr. Argañarás, en la suma de CUATROCIENTOS Pesos moneda nacional ($
400 m/n).
ARTICULO 2º.- El gasto que demande el cumplimiento de la presente Ley,
se hará de Rentas Generales, con imputación a la misma.
ARTICULO 3º.- Comuníquese etc.
Sala de sesiones, Jujuy, Agosto, 31 de 1.933
Daniel González Perez R. González Perez
Presidente Secretario