BOLETIN OFICIAL Nº 68 – 10/06/2026

MUNICIPALIDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY.-

DECRETO Nº 1306.26.006.-

EXPEDIENTE N° 16 – 8440- 2026 – 1.-

SAN SALVADOR DE JUJUY, 29 de Mayo de 2026.-

VISTO:

El Proyecto de Ordenanza N° 8265/2026, sancionada por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 06/2026 de fecha 21 de mayo de 2026, mediante el cual se Incorpora a la Ordenanza N° 8139/2025 apartado “4 donde se Crea el Régimen de Habilitación Comercial Simplificada”; y

CONSIDERANDO:

Que, tomado conocimiento la Secretaría de Gobierno, la misma expresa que no existe objeción a dicha normativa, por lo cual estima conveniente el dictado del pertinente dispositivo legal de promulgación;

Por ello y conforme lo establece el Artículo 55° Inciso 4) de la Carta Orgánica Municipal;

EL SEÑOR INTENDENTE DE LA CIUDAD DE SAN SALVADOR DE JUJUY

DECRETA:

ARTICULO 1º.- Promúlguese la Ordenanza N° 8265/2026, Proyecto sancionado por el Concejo Deliberante de la Ciudad de San Salvador de Jujuy, en Sesión Ordinaria N° 06/2026 de fecha 21 de mayo de 2026, mediante la cual se incorpora a la Ordenanza N° 8139/2025 apartado “4 donde se Crea el Régimen de Habilitación Comercial Simplificada”.-

ARTICULO 2º.- El presente Decreto será refrendado por el Sr. Secretario de Gobierno, Dr. Aldao Fascio Ezequiel.-

ARTICULO 3º.- Publíquese en el Boletín Oficial Digital Municipal y pase a conocimiento y demás fines a la Secretaria de Gobierno, Sub-Secretaria General de Gobierno, a la Coordinación General de Comunicación y a las restantes Secretarias que conforman el Departamento Ejecutivo. Asimismo comuníquese al Concejo Deliberante de la ciudad de San Salvador de Jujuy.-

Arq. Raúl E. Jorge

Intendente