BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 05/09/2003
DR. JOSE LUIS CARDERO JUEZ DEL JUZGADO DE PRIMERA INSTANCIA EN ,O CIVIL Y COMERCIAL Nº1, SECRETARIA Nº1, en los autos B-96532/03, caratulado INCIDENTE DE EJECUCION DE HONORARIOS EN B-89916/02: CABALLERO EDUARDO ALFREDO c/ SCHONTAL MIRTHA ROSA y DEL CAMPO CECILIA ANTONIA, hace saber las siguientes providencias: resolución de fs.18. san Salvador de Jujuy, 21 Julio 2003. 1º .-) atento lo solicitado y constancias de autos notifíquese a la SRA. MIRTHA ROSA SCHONTAL las providencias de fs. 3 y la presente por edictos art. 162 CPC. 2º.-) Notifíquese art. 154 CPC. FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO JUEZ ante mi: DRA. MARIA ELENA CACERES- Secretaria, resolución de fs.3. San Salvador de Jujuy Febrero del 2003. I .-) por presentado el DR. EDUARDO ALFREDO CABALLERO por constituido domicilio legal y por partes a mérito de la copia de Poder General para juicios que se acompaña. II .-) atento a las constancias de autos, téngase por expedita la via ejecutiva y de conformidad con lo dispuesto por el art. 472,478 del CPC., líbrese mandamiento de pago, ejecución y embargo en contra de las demandadas por la suma de PESOS SEISCIENTOS SETENTA Y DOS en concepto de capital y con mas le de PESOS DOSCIENTOS UNO, para responder a ulteriores del juicio. En defecto de pago TRABESE EMBARGO sobre bienes de su propiedad hasta cubrir ambas cantidades, debiéndose designar depositario judicial de los mismos a la parte afectada y en caso de negativa a persona de responsabilidad y arraigo con las prevenciones y formalidades de Ley, requiriéndosele la manifestación sobre si los bienes embargados registran algún gravamen y en su caso exprese monto, nombre y domicilio del o los acreedores. En el mismo acto cíteceselo de remate para que oponga excepciones legitimas si las tuviera dentro del término de TRES DIAS, por ante este Juzgado Civil y Comercial Nº1, Sec.Nº1, bajo apercibimiento de mandar llevar adelante la ejecución. III .-) córrasele traslado del pedido de intereses con las copias respectivas, por igual término que el antes expresado, bajo apercibimiento de lo que por derecho hubiere lugar. IV .-) por el mismo término intímeselo a constituir domicilio dentro del radio 3 km., del asiento de este Juzgado, bajo apercibimiento de lo dispuesto por el art. 52 del ítem. V .-) para el cumplimiento de lo ordenado comisionase al oficial de Justicia, con las facultades que le fuere menester. Notificaciones en secretaria marte y jueves o el siguiente día hábil si alguno fuere feriado. FDO. DR. JOSE LUIS CARDERO JUEZ ante mi: DRA. MARIA E. CACERES, Sec. A tales efectos publíquese en un diario local y en el Boletín oficial por CINCO DIAS.
SECRETARIA, 23 DE JULIO DEL 2003. SEC. DRA. MARIA E. CACERES.
Setiembre 5/8/10/12/15- $14,50








