BOLETÍN OFICIAL Nº 98 – 05/09/2003

DR. EDUARDO HORACIO CONDE JUEZ DE PRIMERA INSTANCIA EN LO CIVIL Y COMERCIAL Nº8, SECRETARIA Nº15, de la Ciudad de San Pedro de Jujuy, en el Expte. Nº A-20269, caratulado: CONCURSO PREVENTIVO SOLICITADO POR JOSE LUIS ELOKDI, hace saber. SAN PEDRO DE JUJUY 19 DE AGOSTO DE 2003. AUTOS Y VISTOS DEL QUE RESULTA…. CONSIDERANDO…. RESUELVO: I .-) Declarar la apertura del CONCURSO PREVENTIVO DEL SR. JOSE LUIS ELOKDI CON D.N.I. Nº11.227.252, con domicilio en calle José María Fascio Nº187 de la ciudad de San Salvador de Jujuy, conforme a los fundamentos expuestos en los considerandos de este pronunciamiento, el que se tramitará por las normas aplicables al pequeño concurso (art.288,289 y ccs de la Ley) II .-) Fijar Audiencia para el Sorteo del Sindico que será elegido en base al listado correspondiente al Juzgado, la que se llevará a cabo el día 28 de agosto 2003 a hs. 08,00, en dependencias de la Secretaria de Superintendencias del Tribunal de Justicia. III .-) Establecer que el día 30 de Octubre 2003, vencerá el plazo para que los acreedores presenten los pedidos de verificación al Sindico, establecer que el día 15 de Diciembre 2003, deberá la Sindicatura presentar los informes individuales y que el día 25 de Febrero 2004 deberá dicho órgano presentar su informe general. IV .-) Ordenar la publicación de edictos en la forma y por el plazo dispuesto por el art. 27 de la ley Nº24522 en el Boletín Oficial de Jujuy y en un diario de circulación local. V .-) Ordenar al deudor que mantenga los libros legales denunciados en la sede de su administración hasta tanto la Secretaria interviniente se constituya a lo fines dispuestos por el inc. 5 del art. 14 de la ley Nº24522, lo que deberá ocurrir en el plazo de tres días de notificado el presente auto. VI .-) Librar oficios a la Secretaria Unica a cargo de los Juzgados del Registro Publico de Comercio, ordenándole la anotación de la apertura del concurso en el Registro de Concursos y requerir informe a dicha repartición sobre la existencia de concursos o quiebras anteriores. VII .-) Disponer la inhibición general para vender o gravar bienes registrables de la concursada y librar Oficio a los Registros de Inmobiliarios, del Automotor delegación San Pedro y de San Salvador de Jujuy Nº1,2 y 3 y prendario para la anotación de dicha medida. VIII .-) Intimar a la concursada para que, dentro de los tres días de notificada, deposite en el Juzgado y Secretaria del concurso la suma de PESOS CIEN ($100), que se estima provisoriamente como necesaria para atender a los gastos de correspondencia. IX .-) Citar a los interesados a la audiencia informativa prevista en el inc.10 del Art.14 de la Ley 24522, la que se realizará el día 9 de agosto del año 2004. Y coherentemente, fijar el plazo de vencimiento del período de exclusividad en el día 20 de agosto del año 2004. X .-) Ordenar la remisión a este Juzgado y Secretaria de todo los juicios de contenido patrimonial que se sigan en contra del concursado salvo los procesos de expropiación y los que se funden en la relaciones de familia. Prohibir la deducción de nuevas acciones de contenido patrimonial contra los concursados por causa o título anterior a la presentación, salvo las que no sean susceptibles de suspención según el inc. del art. 21 de la 24522. Librar los respectivos Oficios.

XI .-) Agregar copia en autos, notificar hacer saber a la Excelentísima Cámara de Apelaciones en lo Civil y Comercial de San Salvador de Jujuy, protocolizar,etc.

SAN PEDRO DE JUJUY, 21 DE AGOSTO DE 2003.

Agosto 29-Set.1/3/5/8-