BOLETÍN OFICIAL Nº 96 – 01/09/2003
DRA. MARIA DEL CARMEN G.C. DE PUCH, JUEZ DEL TRIBUNAL DE FAMILIA VOCALIA III, de la Pcia. de Jujuy, en el Expte. Nº B-98617/03,caratulado: DIVORCIO: TEJERINA ELSA CESARIA c/ VELIZ RICARDO ORLANDO, cita y emplaza y hace saber al SR. RICARDO ORLANDO VELIZ que en los autos de referencia se ha dictado el siguiente decreto: SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Agosto 2003. I .-) admítase la presente demanda de DIVORCIO VINCULAR la que se tramitará de conformidad al procedimiento de Juicio Ordinario (art. 370 del C.P.C.). II .-) A la documentación, agregese y téngase presente para su oportunidad. III .-) Confiérase traslado de la demanda a la accionada SR. RICARDO ORLANDO VELIZ por el término de QUINCE DIAS, con las copias respectivas y en el domicilio denunciado bajo apercibimiento de tenerlo por contestado si así no lo hiciere ( art. 298 del C.P.C.). IV .-) Intímesela para que en igual término constituya domicilio legal dentro del radio de los 3 km. del asiento de este Tribunal de Familia – Vocalia III, sito en General Paz Nº625, bajo apercibimiento de considerarse notificadas por Ministerio de ley todas las resoluciones posteriores ( art. 52 del C.P.C.). V .-) Notificaciones en secretaria martes y jueves o el siguiente día hábil si alguno de ellos fuere feriado. VI .-) Publíquese Edictos en un diario local y el Boletín Oficial por TRES VECES EN CINCO DIAS. SAN SALVADOR DE JUJUY, 13 de Agosto 2003.
Agosto 27/29-Setiembre 1-Liq.26502-$8,70








